II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2024-15449)
Orden TDF/781/2024, de 23 de julio, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso, por el sistema general de acceso libre, a la Subescala de Secretaría, categoría de Entrada, de la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 26 de julio de 2024

Sec. II.B. Pág. 95851

El volumen y comprensión de los conocimientos supondrá un 70 por ciento de la
puntuación total de este ejercicio; la claridad de ideas, un 20 por ciento, y la capacidad
de expresión oral, un 10 por ciento.
Las personas aspirantes que obtengan en este ejercicio una puntuación igual o
superior al 80 % de la puntuación máxima prevista quedarán exentas de su realización
en la convocatoria inmediatamente siguiente, y se les conservará la nota del ejercicio. La
validez de esta medida será aplicable a la convocatoria inmediata siguiente, siempre y
cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en que se
hubiera conservado la nota sean análogos. Para hacer uso de este derecho, deberán
presentar solicitud de participación a las pruebas selectivas. No obstante, si las personas
aspirantes optan por realizar el ejercicio, quedará sin efecto el resultado obtenido en la
convocatoria anterior.
Tercer ejercicio: se calificará de 0 a 42 puntos y será necesario para aprobar obtener
como mínimo 21 puntos. La calificación de este ejercicio se efectuará con tres
decimales.
En el caso de que el ejercicio esté compuesto por varios supuestos prácticos, si se
valoran con distinta puntuación cada uno de ellos, deberá indicarse en el enunciado la
puntuación de cada uno de ellos. En tal caso, para aprobar será necesario obtener, en
cada supuesto práctico, una calificación mínima del 30 por ciento de la puntuación de
cada supuesto práctico y obtener, como mínimo, una calificación total, en este ejercicio,
de 21 puntos.
Una vez aprobados los tres ejercicios, la calificación final será la resultante de
sumar las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios eliminatorios; en
consecuencia, el resultado es que han superado la fase de oposición el número de
aspirantes cuya suma total de puntuaciones de los ejercicios eliminatorios,
ordenadas de mayor a menor, entre dentro del número de plazas. En caso de
empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el
tercer ejercicio, y si esto no fuera suficiente, en el segundo y primero, por este
orden. De persistir el empate se atenderá al orden alfabético de actuación
mencionado en la base 5.1.
La puntuación final de las pruebas selectivas, a los efectos de ordenación de las
personas aspirantes en la relación de aprobados, a que se refiere la base 14.1 de esta
convocatoria, vendrá determinada conforme a lo previsto en el párrafo anterior.
I.3

Reserva de nota

Aquellos aspirantes que, habiendo participado en las pruebas selectivas para el
acceso libre a la subescala de Secretaría, categoría de entrada, de la Escala de
funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional convocadas
por la Orden HFP/1075/2022, de 7 de noviembre, tendrán derecho a la reserva de nota
aplicable a la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando el contenido del
temario y la forma de calificación de los ejercicios en que se hubiera conservado la nota
sean análogos.
Las personas aspirantes que hubieran obtenido reserva de nota en el primer ejercicio
de la convocatoria regulada por la Orden HFP/1075/2022, de 7 de noviembre, no podrán
hacer valer este derecho en la presente convocatoria debido al cambio en el modelo de
ejercicio y forma de calificación del mismo.
En el caso del segundo ejercicio, al mantenerse el temario y la forma de
calificación (volumen y comprensión de los conocimientos supondrá un 70 por ciento de
la puntuación total de este ejercicio; la claridad de ideas, un 20 por ciento, y la capacidad
de expresión oral, un 10 por ciento), las personas aspirantes que en este ejercicio
hubieran obtenido una puntuación igual o superior al 80 % de la puntuación máxima
prevista en aquella convocatoria, podrán hacer valer el derecho de reserva de nota en la
presente convocatoria. Al ser la puntuación asignada al segundo ejercicio en ambas

cve: BOE-A-2024-15449
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Núm. 180