II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2024-15446)
Orden TDF/778/2024, de 21 de julio, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso, por el sistema de promoción interna, a la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría de Entrada, de la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180

Viernes 26 de julio de 2024

Sec. II.B. Pág. 95778

Del total de plazas convocadas, 26 plazas quedan reservadas para quienes tengan la
condición legal de personas con discapacidad general con un grado de discapacidad
igual o superior al 33 %. La opción a estas plazas reservadas habrá de formularse en la
solicitud de participación en la convocatoria. Quienes soliciten participar por el cupo de
reserva de personas con discapacidad únicamente podrán presentarse por este cupo. El
incumplimiento de esta norma determinará la exclusión del aspirante.
En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se
haya presentado por el cupo de reserva superase el ejercicio correspondiente, pero no
obtuviese plaza en el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otras
personas aspirantes del sistema de acceso general, éste será incluido por su orden de
puntación en el sistema de acceso general.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 4.9. del Real Decreto 656/2024, de 2 de
julio, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2024, las plazas
reservadas para personas con discapacidad en los procesos de promoción interna que
queden desiertas se acumularán al turno general de estos procesos.
4.

Proceso selectivo

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las
valoraciones, ejercicios y las calificaciones que se especifican en el anexo I.
Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este
curso selectivo, las personas aspirantes que hayan superado la fase de concursooposición serán nombradas personal funcionario en prácticas por la autoridad
convocante.
Desarrollo del proceso selectivo

5.1 El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente
por aquellas cuyo apellido comience por la letra «W», de conformidad con lo previsto en
la Resolución de 27 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública
(BOE del 29), salvo que al tiempo de publicación de las listas provisionales de admitidos
y excluidos se haya realizado y publicado el resultado del nuevo sorteo de la letra
derivado de la Oferta de Empleo Público para el año 2024, en cuyo caso será la letra
resultante del mismo la que se utilizará para determinar el orden de actuación de los
aspirantes.
5.2 Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único, quedando
decaídos de su derecho quienes no comparezcan a realizarlo, sin perjuicio de lo
dispuesto en la base 9. En el caso de tener que realizarse algún ejercicio en llamamiento
extraordinario éste se realizaría en la sede del INAP.
5.3 De acuerdo con lo establecido en el artículo 108.2 del Real Decreto-ley 6/2023,
de 19 de diciembre, las convocatorias deberán ejecutarse en el plazo máximo de dos
años desde su publicación, y las respectivas fases de oposición en un año, salvo causa
justificada.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, se publicará un
cronograma orientativo con las fechas de realización de las pruebas relativas a este
proceso selectivo.
Para dotar de celeridad y agilidad al desarrollo de los diferentes procesos selectivos,
la realización de pruebas podrá ser coincidente en el tiempo, en cualquiera de sus fases,
incluida la realización o lectura de ejercicios, desarrollo de cursos selectivos, periodos de
prácticas o cualquier otra fase previa al nombramiento como personal funcionario de
carrera.
La fecha de celebración del ejercicio único o del curso selectivo podrá coincidir con
otros procesos selectivos, sin que dicha coincidencia pueda suponer causa de
aplazamiento.

cve: BOE-A-2024-15446
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5.