V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2024-27417)
Anuncio de la Demarcación de Costas en Murcia sobre otorgamiento de concesión administrativa de ocupación de dominio público marítimo-terrestre. Referencia CNC12/16/30/0002.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180
Viernes 26 de julio de 2024
Sec. V-B. Pág. 42017
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
27417
Anuncio de la Demarcación de Costas en Murcia sobre otorgamiento de
concesión administrativa de ocupación de dominio público marítimoterrestre. Referencia CNC12/16/30/0002.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 152.12 del Reglamento General
de Costas aprobado por Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, modificado por
RD 668 de 1 de agosto de 2022, se hace público que por Orden Ministerial de 05
de mayo de 2022 la Dirección General de la Costa y el Mar, por delegación de
competencias, ha otorgado la concesión de referencia CNC12/16/30/0002, en los
siguientes términos:
ESTA DIRECCIÓN GENERAL, POR DELEGACIÓN DE LA MINISTRA, HA
RESUELTO:
I) Reconocer a la entidad mercantil American Digital Color, S.L., el derecho de
preferencia, durante un periodo de sesenta años, para la obtención de las
concesiones para nuevos usos y aprovechamientos que pudieran otorgarse sobre
la superficie de la finca de referencia, incorporada al dominio público marítimoterrestre, al haber resultado acreditada, durante la tramitación del expediente, la
titularidad privada sobre los terrenos en cuestión con anterioridad a la fecha de
entrada en vigor de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.
II) Otorgar a la entidad mercantil American Digital Color, S.L., la concesión para
ocupación y aprovechamiento del dominio público marítimo-terrestre, en aplicación
de la disposición transitoria primera de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, y
concordantes del Reglamento, en relación con unos ciento treinta y cuatro metros y
cuatro decímetros cuadrados (134,04 m2) pertenecientes a la finca inscrita con el
número 10.070 en el Registro de la Propiedad nº 1 de San Javier, y cuyos usos
acreditados con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de la citada Ley de
Costas serían los de zona de esparcimiento al servicio de la vivienda que queda
fuera del dominio público marítimo, y muro de contención frontal; incluidos en el
dominio público marítimo-terrestre por el deslinde aprobado por O.M. de 30 de
marzo de 2000, en la playa de Pedrucho, La Manga del Mar Menor en el término
municipal de San Javier (Murcia),
Y de acuerdo con las siguientes condiciones:
- Pliego de condiciones generales para el otorgamiento de concesiones
demaniales, con arreglo a lo establecido en la disposición transitoria primera de la
Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.
- Pliego de Condiciones Particulares y Prescripciones (PCPP)
1ª.- Conforme a lo previsto en el apartado 3, de la disposición transitoria
primera de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, y en la disposición transitoria
tercera del Reglamento General de Costas, aprobado por Real Decreto 876/2014,
de 10 de octubre, esta concesión se otorga por un plazo de treinta años (30)
prorrogables por otros treinta, limitada a los usos y aprovechamientos existentes, a
la entrada en vigor de la vigente Ley de Costas, en los terrenos
cve: BOE-B-2024-27417
Verificable en https://www.boe.es
I. Condiciones Particulares
Núm. 180
Viernes 26 de julio de 2024
Sec. V-B. Pág. 42017
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MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
27417
Anuncio de la Demarcación de Costas en Murcia sobre otorgamiento de
concesión administrativa de ocupación de dominio público marítimoterrestre. Referencia CNC12/16/30/0002.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 152.12 del Reglamento General
de Costas aprobado por Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, modificado por
RD 668 de 1 de agosto de 2022, se hace público que por Orden Ministerial de 05
de mayo de 2022 la Dirección General de la Costa y el Mar, por delegación de
competencias, ha otorgado la concesión de referencia CNC12/16/30/0002, en los
siguientes términos:
ESTA DIRECCIÓN GENERAL, POR DELEGACIÓN DE LA MINISTRA, HA
RESUELTO:
I) Reconocer a la entidad mercantil American Digital Color, S.L., el derecho de
preferencia, durante un periodo de sesenta años, para la obtención de las
concesiones para nuevos usos y aprovechamientos que pudieran otorgarse sobre
la superficie de la finca de referencia, incorporada al dominio público marítimoterrestre, al haber resultado acreditada, durante la tramitación del expediente, la
titularidad privada sobre los terrenos en cuestión con anterioridad a la fecha de
entrada en vigor de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.
II) Otorgar a la entidad mercantil American Digital Color, S.L., la concesión para
ocupación y aprovechamiento del dominio público marítimo-terrestre, en aplicación
de la disposición transitoria primera de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, y
concordantes del Reglamento, en relación con unos ciento treinta y cuatro metros y
cuatro decímetros cuadrados (134,04 m2) pertenecientes a la finca inscrita con el
número 10.070 en el Registro de la Propiedad nº 1 de San Javier, y cuyos usos
acreditados con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de la citada Ley de
Costas serían los de zona de esparcimiento al servicio de la vivienda que queda
fuera del dominio público marítimo, y muro de contención frontal; incluidos en el
dominio público marítimo-terrestre por el deslinde aprobado por O.M. de 30 de
marzo de 2000, en la playa de Pedrucho, La Manga del Mar Menor en el término
municipal de San Javier (Murcia),
Y de acuerdo con las siguientes condiciones:
- Pliego de condiciones generales para el otorgamiento de concesiones
demaniales, con arreglo a lo establecido en la disposición transitoria primera de la
Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.
- Pliego de Condiciones Particulares y Prescripciones (PCPP)
1ª.- Conforme a lo previsto en el apartado 3, de la disposición transitoria
primera de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, y en la disposición transitoria
tercera del Reglamento General de Costas, aprobado por Real Decreto 876/2014,
de 10 de octubre, esta concesión se otorga por un plazo de treinta años (30)
prorrogables por otros treinta, limitada a los usos y aprovechamientos existentes, a
la entrada en vigor de la vigente Ley de Costas, en los terrenos
cve: BOE-B-2024-27417
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I. Condiciones Particulares