T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Autos. (BOE-A-2024-15429)
Pleno. Auto 57/2024, de 17 de junio de 2024. Recurso de amparo 7261-2022. Inadmite a trámite el recurso de amparo 7261-2022, promovido por don Francisco Ventura Losada en causa penal. Votos particulares.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 179

Jueves 25 de julio de 2024

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SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
15429

Pleno. Auto 57/2024, de 17 de junio de 2024. Recurso de amparo 7261-2022.
Inadmite a trámite el recurso de amparo 7261-2022, promovido por don
Francisco Ventura Losada en causa penal. Votos particulares.

ECLI:ES:TC:2024:57A
El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por el magistrado don Cándido
Conde-Pumpido Tourón, presidente, y las magistradas y magistrados doña Inmaculada
Montalbán Huertas, don Ricardo Enríquez Sancho, doña María Luisa Balaguer Callejón,
don Ramón Sáez Valcárcel, don Enrique Arnaldo Alcubilla, doña Concepción Espejel
Jorquera, doña María Luisa Segoviano Astaburuaga, don César Tolosa Tribiño y don
Juan Carlos Campo Moreno, en el recurso de amparo núm. 7261-2022, interpuesto por
don Francisco Ventura Losada, ha dictado, con ponencia del presidente don Cándido
Conde-Pumpido Tourón, el siguiente
AUTO
I. Antecedentes
1. Don Francisco Ventura Losada, representado por la procuradora de los
tribunales doña Eloísa García Martín y asistido de la abogada doña Aràdia Ruiz Blanco,
interpuso recurso de amparo, mediante escrito presentado en el registro electrónico de
este tribunal el 7 de noviembre de 2022, contra el auto de 1 de junio de 2022 del
Juzgado de Instrucción núm. 2 de Valencia, que decretó el sobreseimiento libre y archivo
de las diligencias previas núm. 923-2022, y contra el auto núm. 769/2022, de 12 de
septiembre, de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia, que
desestimó el recurso de apelación núm. 882-2022.
Los antecedentes relevantes del recurso de amparo son los siguientes:

a) El recurrente presentó querella el día 13 de mayo de 2022 en los juzgados de
Valencia, por crímenes de lesa humanidad en concurso real con un delito de torturas
contra distintas personas a quienes identificaba por su nombre y apellidos como
«miembros de la Brigada Político Social de Valencia y del Juzgado Militar» y contra
«todas aquellas personas que hubieran tenido intervención directa o indirecta en los
hechos denunciados», que se consideraban cometidos de forma generalizada y
sistemática.
En los hechos de la querella se relataba, en síntesis, que el señor Ventura Losada
fue detenido con ocasión de la manifestación del primero de mayo de 1967, que fue
golpeado en los calabozos de la comisaría y que presenció golpes y torturas a otros
compañeros, aunque a él no lo «torturaron físicamente con tanta intensidad como al
resto», por la intercesión de un tío suyo «muy beato y relacionado con personas del clero
[que] fue a la comisaría a interesarse por él». Fue trasladado a la cárcel modelo de
Valencia y sometido a un consejo de guerra que se celebró el 29 de agosto de 1967.
Acusado por el fiscal togado por insultos a las Fuerzas Armadas y agresión a dos
sargentos, con solicitud de una pena de prisión de cuatro años, fue condenado en
sentencia de 29 de agosto de 1967 a la pena solicitada, que cumplió en los penales de
Ocaña y Jaén. Por estos hechos estuvo detenido y en prisión preventiva desde el 1 de
mayo hasta el 14 de septiembre de 1967 y en prisión desde el 19 de septiembre de 1967
hasta el 14 de octubre de 1970. Asimismo, fue juzgado por el Tribunal de Orden Público

cve: BOE-A-2024-15429
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