III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Propiedad intelectual. (BOE-A-2024-15420)
Acuerdo de 16 de julio de 2024, de la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual, por el que se publica la Resolución por la que se determina la tarifa general aplicable a la comunicación y reproducción de contenidos visuales incluidos en obras y grabaciones audiovisuales, en revisión de las tarifas establecidas por Visual Entidad de Gestión de Artistas Plásticos, en el expediente de determinación de tarifas E-2019-001.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 179

Jueves 25 de julio de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CULTURA
15420

Acuerdo de 16 de julio de 2024, de la Sección Primera de la Comisión de
Propiedad Intelectual, por el que se publica la Resolución por la que se
determina la tarifa general aplicable a la comunicación y reproducción de
contenidos visuales incluidos en obras y grabaciones audiovisuales, en
revisión de las tarifas establecidas por Visual Entidad de Gestión de Artistas
Plásticos, en el expediente de determinación de tarifas E-2019-001.

En su reunión celebrada el 9 de julio de 2024, la Sección Primera de la Comisión de
Propiedad Intelectual ha aprobado la Resolución por la que se determina la tarifa general
aplicable a los proveedores de servicios de televisión de pago por la comunicación y
reproducción de contenidos visuales incluidos en obras y grabaciones audiovisuales, que
pone fin al procedimiento de determinación de tarifas E-2019-001 (VEGAP-TELEFÓNICA).
En virtud de lo establecido en el artículo 194.3 del texto refundido de la Ley de
Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y en
el artículo 24.2 del Real Decreto 1023/2015, de 13 de noviembre, por el que se
desarrolla reglamentariamente la composición, organización y ejercicio de funciones de
la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual, procede la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» de la referida resolución, cuyo extracto figura como anexo a
este Acuerdo.
El texto íntegro de la resolución se encuentra publicado en la siguiente dirección
electrónica:
https://www.cultura.gob.es/cultura/areas/propiedadintelectual/mc/s1cpi/
resoluciones.html.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24.2 del Real Decreto 1023/2015,
de 13 de noviembre, la resolución será aplicable a partir del día siguiente al de su
publicación, con alcance general para todos los titulares y obligados y a las propias
entidades de gestión, respecto de la misma modalidad de explotación de obras y
prestaciones e idéntico sector de usuarios.

cve: BOE-A-2024-15420
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 16 de julio de 2024.–La Secretaria de la Sección Primera de la Comisión de
Propiedad Intelectual, Carmen Castilla Velasco.