III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales. Generalitat de Cataluña. (BOE-A-2024-15329)
Resolución de 23 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de julio de 2024, por el que se toma conocimiento de los acuerdos adoptados en la reunión de la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales entre la Administración General del Estado y la Generalitat de Catalunya, celebrada el 22 de julio de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 24 de julio de 2024

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2. Para el año 2024, al tener presupuestos prorrogados, se propondrán las
modificaciones presupuestarias oportunas para poder efectuar el pago de las cuantías
establecidas, según la priorización de proyectos indicada por la Generalitat de
Catalunya. Si no se llegara a la cantidad acordada, se incluirá en los Presupuestos
Generales del Estado para 2025 la cantidad restante de la anualidad 2024.
ANEXO III
Acuerdo sobre la transferencia a la Generalitat de Catalunya del importe
correspondiente a las mejoras de los servicios incrementales de Rodalies Lleida
En virtud del Real Decreto 2034/2009, de 30 de diciembre, y del Real
Decreto 1598/2010, de 26 de noviembre, se traspasaron a la Generalitat de Catalunya
las funciones de la Administración General del Estado correspondientes al servicio de
transporte de viajeros por ferrocarril de cercanías y regionales sobre la red de ancho
ibérico de la red ferroviaria de interés general, respectivamente.
Previamente a los acuerdos de traspaso señalados se aprobaron sendos Acuerdos
de la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales (CMAEF), de 22 de diciembre
de 2009, de valoración de los servicios de transporte de viajeros por ferrocarril de
cercanías prestados por Renfe-Operadora en Barcelona, y de 17 de noviembre de 2010,
de valoración de los servicios regionales de transporte de viajeros sobre la red de ancho
ibérico de la red ferroviaria de interés general.
En el punto 2.º del Acuerdo de la CMAEF de fecha 22 de diciembre de 2009, en
relación al ejercicio 2010, y en el punto 2.º del Acuerdo de la CMAEF de fecha 17 de
noviembre de 2010, en relación al ejercicio 2011, se estableció lo siguiente:
«En el ejercicio de sus competencias la Generalidad de Cataluña podrá requerir a
RENFE-Operadora la modificación de algunos de los estándares o servicios previstos en
el Contrato-programa.
En el caso de que estas medidas comportasen un mayor coste para RENFEOperadora, éste constituiría el único compromiso financiero con cargo a los
presupuestos de la Generalidad de Cataluña.
La implantación y valoración del coste de las citadas modificaciones, que requerirán
el informe favorable del departamento de Economía y Finanzas de la Generalidad de
Cataluña, se acordarán en el marco del Órgano Mixto de coordinación y control
Generalidad de Cataluña-RENFE-Operadora previsto en el «Convenio entre la
Generalidad de Cataluña y RENFE-Operadora en la que se establece y concreta la
dirección y gestión de la prestación del servicio de cercanías de Barcelona» de diciembre
de 2009.»
Asimismo, en el punto 3.º de ambos Acuerdos, relativo al contrato-programa a
negociar entre la Generalitat de Catalunya y Renfe-Operadora, se recogían
determinados conceptos relativos al coste que debía asumir una u otra administración. A
estos efectos y, por lo que aquí interesa, se dispuso lo siguiente en el párrafo 6.º del
mencionado punto:
«La Generalitat de Cataluña, en uso de sus competencias, podrá aplicar una política
tarifaria diferente o requerir unos estándares de calidad, entre los que se encontrarían el
número de unidades de material móvil, compromisos y condiciones distintos a los que se
establezcan en el futuro Contrato-programa a suscribir entre la Administración General
del Estado y RENFE-Operadora. En el caso que dichas decisiones comportasen un
mayor déficit de explotación para RENFE-Operadora, éste será asumido por la
Generalitat de Catalunya.»
El punto 6.º del Acuerdo de la CMAEF de 22 de diciembre de 2009 dispuso que,
adicionalmente a los compromisos ya adquiridos, la Administración General del Estado
transferiría el año 2011 a la Generalitat de Catalunya 50 millones de euros para la

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Núm. 178