II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Personal laboral. (BOE-A-2024-15274)
Resolución de 17 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de acceso libre y promoción interna, como personal laboral fijo en los grupos profesionales M3, M2, M1, E2 y E1 sujetos al IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178

Miércoles 24 de julio de 2024
2.

Sec. II.B. Pág. 94756

Fase de concurso

En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se
valorarán, hasta un máximo de 40 puntos, los siguientes méritos, que habrán de
poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
1. Méritos profesionales: La puntuación máxima será de 30 puntos. Se valorará la
experiencia profesional en el ámbito del IV Convenio colectivo, según los siguientes
criterios:
a) Por servicios prestados en puestos encuadrados en la misma especialidad que
la del puesto por el que se opta: 0,36 puntos por mes completo a jornada completa
trabajado. En este caso, también se tendrán en cuenta los servicios prestados como
personal laboral temporal en puestos encuadrados en la misma especialidad que la del
puesto por el que se opta.
b) Por servicios prestados en puestos encuadrados en especialidades de la misma
familia profesional que la del puesto por el que se opta: 0,26 puntos por mes completo a
jornada completa trabajado. Lo servicios valorados en el apartado anterior no podrán
valorarse de nuevo en este apartado.
c) Por servicios prestados en puestos encuadrados en especialidades distintas de
las previstas en los apartados anteriores: 0,18 puntos por mes completo a jornada
completa trabajado.
2.

Méritos académicos: La puntuación máxima será de 10 puntos. Se valorarán:

a) Cursos de formación y perfeccionamiento: Puntuación máxima 4,5 puntos. Se
valorarán los cursos de formación impartidos a razón del número de horas conforme al
baremo que figura posteriormente y los cursos de formación recibidos en que se acredite
debidamente un mínimo de 20 horas, siempre y cuando el contenido de ambos tenga
relación directa con el puesto de trabajo por el que se opta, que hayan sido convocados,
impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública,
Instituciones Públicas o por Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores,
dentro del marco de los Acuerdos de Formación Para el Empleo de las Administraciones
Públicas, así como los no referidos anteriormente que hayan sido convocados o
impartidos directamente por las Administraciones Públicas o por otros centros a los que
se les haya encargado su impartición, a razón de:

Cuando la acreditación de los cursos o diplomas figure en créditos, se realizará la
equivalencia de un crédito igual a 10 horas. No se valorarán las jornadas o ponencias
que no constituyan cursos de formación.
b) Para los grupos profesionales M3 y M2, en aquellas especialidades en que así se
determine en la convocatoria correspondiente atendiendo a la existencia de normativa
específica o por demandarlo la naturaleza de las plazas, previa información en la Comisión
Paritaria, se valorarán las publicaciones con una puntuación máxima de 5,5 puntos.
Se valorarán las publicaciones directamente relacionadas con el puesto por el que se
opta, que hayan sido publicadas en revistas especializadas en materias relacionadas con
la especialidad del puesto al que se opta, a razón de 0,5 puntos por publicación.
En ningún caso, la puntuación máxima obtenida como consecuencia de la valoración
de las publicaciones aquí referenciadas y de las titulaciones especificadas en el apartado
siguiente, podrá ser superior a los 5,5 puntos.
c) Titulaciones o cualificaciones profesionales: Estar en posesión de titulaciones o
de cualificaciones profesionales distintas de la aportada como requisito para el acceso a

cve: BOE-A-2024-15274
Verificable en https://www.boe.es

– Cursos recibidos: 0,01 puntos por hora.
– Cursos impartidos: 0,05 puntos por hora.