III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-15338)
Resolución de 15 de julio de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque híbrido Araña (Eólico y Solar Fotovoltaico), de 72,95 MW, y de su infraestructura de evacuación, en las provincias de Burgos y Palencia".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 24 de julio de 2024

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indica, que no existe ningún refugio en el área inmediata de actuación, por lo que estima
que producirá un impacto compatible sobre las poblaciones de murciélagos.
La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla
y León, en su primer informe de 21 de febrero de 2024, afirma que, tras el análisis de la
información disponible en sus archivos y los datos aportados, se constata la riqueza
faunística de la zona, destacando el grupo de las aves rapaces, planeadoras y
esteparias, tanto por su grado de protección, como por su número y su tendencia
poblacional en declive.
En contraposición al contenido del EsIA, este organismo afirma disponer de datos que
reflejan la existencia de dos nidos águila imperial ibérica en la zona, uno de los cuales está
ubicado a 1 km aproximadamente del aerogenerador AR08. Es una de las nidificaciones
más septentrionales de la Península Ibérica, y podría actuar como corredor de la especie
hacia territorios más norteños y orientales. Tienen constancia, además, de nidos de halcón
peregrino en posiciones inmediatas al aerogenerador AR08, cercanas a la localidad de
Escuderos, donde también se han recogido datos de presencia de búho real. Con
respecto al milano real, informa que existen en el entorno del proyecto más dormideros de
los tres que ha recogido el EsIA, con hasta 250 milanos censados en algunos de ellos.
Considera que, al igual que los aerogeneradores AR03, AR04, AR06 y AR07, la PSFV y la
LAMT aparecen en el EsIA como más sensibles, por su cercanía a territorios arbolados y
situación de transición a terrenos de cultivos de cereal, deberían clasificarse de igual
manera las posiciones AR08 y AR05 por presentar situaciones muy similares.
Expone que la afección producida por la planta fotovoltaica supone la alteración de
los hábitats por ocupación directa de grandes extensiones de terreno, así como su
fragmentación, cuestión que se agrava con el vallado perimetral. Esta pérdida de hábitat
genera un efecto negativo especialmente sobre las poblaciones de aves esteparias,
provocando así el desplazamiento de poblaciones asentadas en la zona. El páramo
afectado por el proyecto presenta los parámetros ecológicos idóneos para constituir el
hábitat potencial de aves esteparias, como así reconoce el EsIA.
De igual manera, informa que existen en el entorno a menos de 3.500 m del Parque
Eólico Araña, Zonas de Protección para la Alimentación de Especies Necrófagas
(ZPAEN) en los términos municipales de Palenzuela y Cobos de Cerrato. Por
consiguiente, para minimizar el riesgo de accidentes para las rapaces, los
emplazamientos deberán distanciarse 200 m de vallados propios de la explotación, 1.000
m de tendidos eléctricos y 4.000 m de aerogeneradores.
Expone, además, que considera ambientalmente inviable el Parque Híbrido Araña y
sus infraestructuras de evacuación puesto que, el ámbito de implantación constituye un
territorio con una elevada presencia de varias especies de aves rapaces, esteparias y
planeadoras, algunas de ellas con alto grado de protección, y por la presencia de nidos,
de zonas de campeo y oteaderos de estas especies, pudiendo afectar de manera
significativa a estos valores naturales.
También informa que la ejecución del proyecto puede ocasionar afecciones sobre los
quirópteros. En un radio de 7 km desde el cruce de la LAMT con el río Arlanza, se
contabilizan 5 refugios, de los cuales los tres más cercanos se encuentran en las
inmediaciones del puente «Escuderos», en las inmediaciones de la LAMT y la posición
AR07. Por su proximidad, existe un elevado riesgo de que el Parque Eólico Araña arroje
elevadas tasas de mortalidad, especialmente durante los movimientos de estas especies
para su alimentación y reproducción. Esto supone una afección significativa para las
especies de mayor protección. Constata además que las laderas arboladas de coscoja
presentaban una mayor presencia de murciélagos, obteniendo así en el entorno de las
turbinas AR06 y AR05 miles de pases de la especie Pipistrellus pipistrellus.
De igual manera, señala que en el área de estudio se ha confirmado la presencia de
nutria (Lutra lutra), a unos 840 metros del vial de acceso a la zona sur del Parque Eólico
Araña. Menciona la presencia del cangrejo autóctono (Austropotamobius pallipes),
concretamente en el borde del camino que servirá de acceso a la PSFV Araña, por lo
que cualquier actuación de ensanche o efectos de las obras podría afectar dicho

cve: BOE-A-2024-15338
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Núm. 178