II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado. (BOE-A-2024-15275)
Resolución de 12 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso al Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad Estadística, para el cambio de régimen jurídico del personal laboral fijo incluido en el Anexo II del IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado, y se encarga la gestión material de las pruebas selectivas al Instituto Nacional de Estadística.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 24 de julio de 2024

Sec. II.B. Pág. 94809

Por razones de eficiencia, se encarga la gestión material de proceso selectivo al
Instituto Nacional de Estadística, desarrollándose la convocatoria de acuerdo con las
siguientes
Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las
establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio («Boletín Oficial del Estado»
número 174, del 22).
Bases específicas
La presente resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», en el Punto de
Acceso General www.administracion.gob.es, en la página web www.mineco.gob.es y en
la página web del INE, www.ine.es y en el Portal Funciona.
1.

Descripción de las plazas

Se convoca proceso selectivo para cubrir las plazas afectadas por el cambio de
régimen jurídico para el personal laboral fijo que desempeñe funciones o actividades
reservadas al personal funcionario relacionadas en el anexo II del IV Convenio Único,
correspondientes al grupo G3, especialidad Estadística.
2.

Proceso selectivo

2.1 El sistema selectivo será el de concurso-oposición con las valoraciones,
pruebas, puntuaciones y méritos que se especifican en el anexo I.
La duración máxima prevista de la fase de oposición será de nueve meses desde la
fecha de publicación de la convocatoria.
El ejercicio único de la fase de oposición tendrá que celebrarse en un plazo máximo
de tres meses, contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado».
Se declara inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de plazos de la presente
convocatoria.
Se habilita al Tribunal para que adopte las medidas, instrucciones o resoluciones
necesarias para descentralizar al máximo posible la realización de las pruebas selectivas
y la lectura de los ejercicios, así como para establecerla forma y procedimiento a seguir,
en el uso de los medios electrónicos o telemáticos, incluidos los audiovisuales, para el
desarrollo descentralizado de las pruebas selectivas o de algunas de sus fases.
La fecha de celebración del ejercicio puede coincidir con la fecha de celebración de
ejercicios de otros procesos selectivos.
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de
embarazo de riesgo o parto debidamente acreditado, su situación quedará condicionada
a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado
aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del
resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo
que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización de las mismas
tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el
proceso selectivo.
Los aspirantes con discapacidad podrán pedir en el modelo oficial de solicitud, las
adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios de las pruebas, a fin de asegurar
su participación en condiciones de igualdad. De solicitar dicha adaptación, deberán adjuntar
el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de
discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han dado
origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda
valorar la procedencia o no de la adaptación solicitada.

cve: BOE-A-2024-15275
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 178