III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-15319)
Resolución de 11 de julio de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad de Santa Lucía de Tirajana, relativo a una cesión gratuita de parcelas.
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Núm. 178

Miércoles 24 de julio de 2024

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(aunque sea con los limitados efectos de facilitar el acceso al Registro de la Propiedad)
quedan fuera del ámbito de la competencia reconocida a este Centro Directivo, de modo
que, aunque es posible que el registrador aprecie la no sujeción de determinado acto a
las obligaciones fiscales, ha de tenerse en cuenta que si para salvar su responsabilidad
exigiere la correspondiente nota de pago, exención, prescripción o no sujeción, habrán
de ser los órganos tributarios competentes –en este caso, municipales– los que podrán
manifestarse al respecto al recibir la comunicación impuesta por ley, sin que corresponda
a esta Dirección General el pronunciarse, a no existir razones superiores para ello (por
ejemplo, cfr. artículo 118 de la Constitución) o tratarse de un supuesto en el que se esté
incurriendo en la exigencia de un trámite desproporcionado que pueda producir una
dilación indebida.
En el presente supuesto se trata de un evidente supuesto de no sujeción que no
ampara, conforme a lo anteriormente expuesto, la calificación recurrida en dicho punto.
Esta Dirección General ha acordado estimar el recurso y revocar la calificación
impugnada.
Contra esta resolución los legalmente legitimados pueden recurrir mediante demanda
ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la Provincia del lugar donde radica el
inmueble en el plazo de dos meses desde su notificación, siendo de aplicación las
normas del juicio verbal, todo ello conforme a lo establecido en los artículos 325 y 328 de
la Ley Hipotecaria.

cve: BOE-A-2024-15319
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 11 de julio de 2024.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, María Ester Pérez Jerez.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X