III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-15316)
Resolución de 10 de julio de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por el registrador mercantil y de bienes muebles de Córdoba, por la que resulta la inscripción parcial de una escritura de elevación a público de contrato de sociedad civil y transformación en sociedad de responsabilidad limitada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178

Miércoles 24 de julio de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
15316

Resolución de 10 de julio de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
extendida por el registrador mercantil y de bienes muebles de Córdoba, por la
que resulta la inscripción parcial de una escritura de elevación a público de
contrato de sociedad civil y transformación en sociedad de responsabilidad
limitada.

En el recurso interpuesto por doña Lorea Vázquez Romero, notaria de Fuentes de
Andalucía, contra la nota de calificación extendida por el registrador Mercantil y de
Bienes Muebles de Córdoba, don Rafael Castiñeira Fernández-Medina, por la que
resulta la inscripción parcial de una escritura de elevación a público de contrato de
sociedad civil y transformación en sociedad de responsabilidad limitada.
Hechos
I
Por la notaria de Fuentes de Andalucía, doña Lorea Vázquez Romero, se autorizó, el
día 13 de febrero de 2024, la escritura de elevación a público de constitución de la
sociedad civil suscrito el día 1 de octubre de 2016, con fecha de liquidación de
impuestos 24 de octubre del mismo año, y que giraba bajo la denominación «Doviga, SC»
A continuación, adoptaban el acuerdo de transformar la sociedad civil en sociedad de
responsabilidad limitada que giraría bajo la denominación «Agrícola Basar, SL» y se
regiría por los estatutos que entregaban a la notaria, que procedía a su protocolización.
Del contenido de dichos estatutos, su artículo quinto decía lo siguiente: «La duración de
la Sociedad es indefinida, y con fecha de comienzo de sus operaciones el día 1 de
octubre de 2016».
II
Presentada la referida escritura en el Registro Mercantil de Córdoba, fue objeto de la
siguiente nota de calificación:

Hechos:
Diario/asiento: 152/617.
F. presentación: 01/03/2024.
Entrada: 1/2024/2579,0.
Sociedad: Agrícola Basar SL.
Hoja: CO-46042.
Autorizante: Vázquez Romero, Lorea.
Protocolo: 2024/211 de 13/02/2024.

cve: BOE-A-2024-15316
Verificable en https://www.boe.es

«Rafael Castiñeira Fernández-Medina, Registrador Mercantil de Córdoba, previo el
consiguiente examen y calificación, de conformidad con los artículos 18 del Código de
Comercio y 6 del Reglamento del Registro Mercantil, he resuelto practicar la inscripción
del documento al tomo 2963 folio 181 inscripción 1, habiendo resuelto no practicar la
inscripción de los extremos que constan a continuación conforme a los siguientes hechos
y fundamentos de Derecho: