I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-15212)
Real Decreto 717/2024, de 23 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178
Miércoles 24 de julio de 2024
Sec. I. Pág. 94410
cumplimiento de la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la
información en el sector público.
w) La coordinación, programación y ejecución de la actividad editorial y difusora de
las publicaciones del Ministerio en los diferentes soportes y en la sección referida al
Ministerio de la web institucional del Departamento.
4. De la Secretaría General Técnica dependen los siguientes órganos, con nivel
orgánico de subdirección general:
a) La Vicesecretaría General Técnica, que ejerce las competencias indicadas en los
párrafos a) a j) del apartado anterior.
Asimismo, prestará apoyo administrativo y técnico a la Secretaría General Técnica
en su condición de secretaría de las conferencias sectoriales.
b) La Subdirección General de Legislación y Ordenación Normativa, que ejerce las
competencias indicadas en los párrafos k) a p) del apartado anterior.
c) La Subdirección General de Recursos y Relaciones Jurisdiccionales, que ejerce
las competencias indicadas en el párrafo q) del apartado anterior.
Asimismo, depende de la Secretaría General Técnica la División de Archivos y
Publicaciones, con el rango que determine la Relación de Puestos de Trabajo, que ejerce
las competencias indicadas en los párrafos r) a w) del apartado anterior.
Artículo 13.
Dirección General de Servicios e Inspección.
a) La preparación del anteproyecto del presupuesto, la coordinación de los
proyectos de presupuestos de los organismos autónomos, la tramitación de las
modificaciones presupuestarias y la evaluación de los distintos programas de gastos.
b) La propuesta, coordinación, seguimiento y autorización de las transferencias de
los fondos de la Unión Europea en relación con los sectores agrario y pesquero.
c) Ejercer la función de contabilidad del FEMPA.
d) La conservación, mantenimiento y ejecución de las obras públicas de los
inmuebles adscritos al Departamento.
e) La gestión patrimonial e inventario de los bienes inmuebles adscritos al
Departamento.
f) La dirección y organización de los registros administrativos, de la unidad de actos
públicos oficiales, de los servicios de vigilancia y seguridad, y de los servicios de régimen
interior del Departamento.
g) La contratación administrativa y la Presidencia de la Junta de Contratación del
Ministerio.
h) La gestión económica y financiera.
i) La coordinación y control de la actuación de las cajas pagadoras del
Departamento a través de la Unidad Central de Cajas, así como la tramitación de los
pagos que se realicen mediante los procedimientos especiales de pagos a justificar y
anticipo de caja fija desde las cajas pagadoras adscritas a la Oficialía Mayor.
j) La dirección y la gestión de los recursos humanos del Departamento, así como la
relación con las centrales sindicales y demás órganos de representación del personal.
k) La planificación y ejecución de la política retributiva, así como el control y
evaluación del gasto de personal del Departamento.
l) El ejercicio de las competencias del Departamento en materia de acción social y
formación, y la gestión de los programas de prevención de riesgos laborales en el
trabajo.
m) La coordinación de la política informática del Ministerio en materia de
adquisición de equipos informáticos, diseño, desarrollo e implantación de sistemas de
información, portal web y sede electrónica.
cve: BOE-A-2024-15212
Verificable en https://www.boe.es
1. Corresponden a la Dirección General de Servicios e Inspección las siguientes
funciones:
Núm. 178
Miércoles 24 de julio de 2024
Sec. I. Pág. 94410
cumplimiento de la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la
información en el sector público.
w) La coordinación, programación y ejecución de la actividad editorial y difusora de
las publicaciones del Ministerio en los diferentes soportes y en la sección referida al
Ministerio de la web institucional del Departamento.
4. De la Secretaría General Técnica dependen los siguientes órganos, con nivel
orgánico de subdirección general:
a) La Vicesecretaría General Técnica, que ejerce las competencias indicadas en los
párrafos a) a j) del apartado anterior.
Asimismo, prestará apoyo administrativo y técnico a la Secretaría General Técnica
en su condición de secretaría de las conferencias sectoriales.
b) La Subdirección General de Legislación y Ordenación Normativa, que ejerce las
competencias indicadas en los párrafos k) a p) del apartado anterior.
c) La Subdirección General de Recursos y Relaciones Jurisdiccionales, que ejerce
las competencias indicadas en el párrafo q) del apartado anterior.
Asimismo, depende de la Secretaría General Técnica la División de Archivos y
Publicaciones, con el rango que determine la Relación de Puestos de Trabajo, que ejerce
las competencias indicadas en los párrafos r) a w) del apartado anterior.
Artículo 13.
Dirección General de Servicios e Inspección.
a) La preparación del anteproyecto del presupuesto, la coordinación de los
proyectos de presupuestos de los organismos autónomos, la tramitación de las
modificaciones presupuestarias y la evaluación de los distintos programas de gastos.
b) La propuesta, coordinación, seguimiento y autorización de las transferencias de
los fondos de la Unión Europea en relación con los sectores agrario y pesquero.
c) Ejercer la función de contabilidad del FEMPA.
d) La conservación, mantenimiento y ejecución de las obras públicas de los
inmuebles adscritos al Departamento.
e) La gestión patrimonial e inventario de los bienes inmuebles adscritos al
Departamento.
f) La dirección y organización de los registros administrativos, de la unidad de actos
públicos oficiales, de los servicios de vigilancia y seguridad, y de los servicios de régimen
interior del Departamento.
g) La contratación administrativa y la Presidencia de la Junta de Contratación del
Ministerio.
h) La gestión económica y financiera.
i) La coordinación y control de la actuación de las cajas pagadoras del
Departamento a través de la Unidad Central de Cajas, así como la tramitación de los
pagos que se realicen mediante los procedimientos especiales de pagos a justificar y
anticipo de caja fija desde las cajas pagadoras adscritas a la Oficialía Mayor.
j) La dirección y la gestión de los recursos humanos del Departamento, así como la
relación con las centrales sindicales y demás órganos de representación del personal.
k) La planificación y ejecución de la política retributiva, así como el control y
evaluación del gasto de personal del Departamento.
l) El ejercicio de las competencias del Departamento en materia de acción social y
formación, y la gestión de los programas de prevención de riesgos laborales en el
trabajo.
m) La coordinación de la política informática del Ministerio en materia de
adquisición de equipos informáticos, diseño, desarrollo e implantación de sistemas de
información, portal web y sede electrónica.
cve: BOE-A-2024-15212
Verificable en https://www.boe.es
1. Corresponden a la Dirección General de Servicios e Inspección las siguientes
funciones: