I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-15212)
Real Decreto 717/2024, de 23 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178

Miércoles 24 de julio de 2024

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
15212

Real Decreto 717/2024, de 23 de julio, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

El Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los
departamentos ministeriales, incluye dentro de dicha estructura al Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación, al que corresponde la propuesta y ejecución de la
política del Gobierno en materia de recursos agrícolas, ganaderos y pesqueros, de
industria agroalimentaria y de alimentación.
Con posterioridad, el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se
establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, ha fijado la
estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación,
determinando sus órganos directivos hasta el nivel orgánico de dirección general, de
conformidad con el artículo 59.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
En el marco establecido en la citada normativa, con arreglo a lo establecido en la
disposición final segunda del Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, es necesario
desarrollar la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación hasta el nivel orgánico de subdirección general, definiendo asimismo las
competencias de cada uno de sus órganos.
La norma que ahora se establece se adecua a los principios de buena regulación, de
necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia,
conforme a los cuales deben actuar las administraciones públicas en el ejercicio de la
iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria, según establece el artículo 129.1 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. Así, este real decreto atiende a la necesidad de adecuar la
estructura orgánica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a la nueva
estructura orgánica básica dispuesta por el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre,
y es eficaz y proporcionado en el cumplimiento de este propósito, pues se trata del
instrumento más oportuno para garantizar el interés general y la efectiva ejecución de las
políticas públicas del Gobierno en la materia. Asimismo, contribuye a dotar de mayor
seguridad jurídica a la organización y funcionamiento del Ministerio, ajustando aquélla a
la estructura de órganos directivos actualmente existente. Cumple también con el
principio de transparencia, y es también conforme al principio de eficiencia, ya que, entre
otras cuestiones, racionaliza, en su aplicación, la gestión de los recursos públicos.
En su virtud, a iniciativa del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, a
propuesta del Ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de julio de 2024,

Artículo 1. Organización general del Departamento.
1. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación es el Departamento
competente en el ámbito de la Administración General del Estado para la propuesta y
ejecución de la política del Gobierno en materia de recursos agrícolas, ganaderos y
pesqueros, de alimentación, de industria y seguridad agroalimentarias, y de desarrollo
del medio rural.

cve: BOE-A-2024-15212
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