I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE IGUALDAD. Subvenciones. (BOE-A-2024-15210)
Real Decreto 715/2024, de 23 de julio, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Federación Española de Municipios y Provincias para la prestación del Servicio de teleasistencia móvil a víctimas de violencia contra las mujeres (servicio ATENPRO).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 24 de julio de 2024

Sec. I. Pág. 94369

Por otra parte, la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) es la
asociación de entidades locales de ámbito estatal con mayor implantación, constituida al
amparo de lo previsto en la disposición adicional quinta de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, y declarada de utilidad pública por acuerdo
del Consejo de Ministros de 26 de junio de 1985, que agrupa a ayuntamientos,
diputaciones, consejos y cabildos insulares.
El apartado cuarto de la disposición adicional quinta de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
establece que las asociaciones de entidades locales de ámbito estatal con mayor
implantación en todo el territorio ostentarán la representación institucional de la
Administración local en sus relaciones con la Administración General del Estado.
Desde el año 2010, corresponde a la Delegación del Gobierno contra la Violencia de
Género la titularidad del entonces Servicio Telefónico de Atención y Protección para
víctimas de la violencia de género (ATENPRO), encargándose de su gestión la FEMP.
Esta gestión se ha articulado a través de la suscripción anual del correspondiente
convenio por el que se canaliza una subvención nominativa a favor de la FEMP para la
teleasistencia móvil a víctimas de violencia contra las mujeres. Asimismo, ambas partes
han aprobado el Protocolo de Actuación del Servicio Telefónico de Atención y Protección
para víctimas de la violencia de género, de fecha 27 de julio de 2012, por el cual se
regula este servicio.
Actualmente, el servicio atiende a 18.802 usuarias activas, y desde el 1 de enero
hasta el 31 de mayo de 2024 se han producido 4.473 nuevas altas. Estos datos
evidencian la necesidad de garantizar la continuidad del servicio ATENPRO, tanto para
mantener el servicio de atención y protección a las usuarias actuales como para procurar
el acceso a este de las mujeres que puedan solicitarlo por cumplir los requisitos exigidos.
Concurren claras razones de interés público y social en garantizar el mantenimiento y
la continuidad del servicio ATENPRO, al tratarse de un recurso indispensable para
prestar atención y protección a las víctimas de violencia de género.
El servicio ATENPRO es un recurso de carácter social y su gestión requiere de la
colaboración y participación de los servicios sociales de cada ayuntamiento, que deben
emitir un informe que acredite la condición de víctima de violencia contra las mujeres de
la potencial usuaria; comprobar que la persona usuaria o, en su caso, sus hijas e hijos,
reúnen todos los requisitos de acceso señalados en el Protocolo de Actuación del
Servicio Telefónico de Atención y Protección para víctimas de violencia contra las
mujeres firmado en 2023; así como valorar la idoneidad del servicio para cada caso
concreto.
La FEMP, cuyo ámbito de actuación alcanza a más del 95 % de la población
española en los más de 7.314 municipios, 39 diputaciones y 10 consejos y cabildos
insulares que agrupa, es la entidad con mejor capacidad para llevar a cabo las tareas de
enlace y conexión con las entidades locales, para asesorarlas sobre las condiciones para
su adhesión al servicio ATENPRO, realizar y mantener actualizada una base de datos
con todas las entidades locales adheridas al mismo, recabar información sobre el
funcionamiento de las adheridas y las incidencias ordinarias del servicio; con las
garantías exigibles y sin disrupciones. No existe otra federación con mayor implantación,
y no resulta viable un procedimiento de subvenciones en concurrencia para todas y cada
una de las entidades locales.
En suma, la FEMP resulta la única opción para alcanzar el objetivo de extender el
uso y de dar a conocer el recurso del servicio ATENPRO al mayor número posible de
potenciales usuarias, pues constituye la federación de entidades locales de ámbito
estatal con mayor implantación y ostenta la representación institucional de la
Administración local en sus relaciones con la Administración General del Estado.
Por ello, y ante la necesidad de garantizar la máxima seguridad posible en la
atención y protección de las mujeres víctimas de violencia, con el fin de impedir los
eventuales efectos perjudiciales que pudieran concurrir ante una situación como la
presente con respecto de actividades en las que existiría una razonable expectativa de
mantenimiento de esta atención y protección, y atendiendo a la importancia capital

cve: BOE-A-2024-15210
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Núm. 178