I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE IGUALDAD. Subvenciones. (BOE-A-2024-15210)
Real Decreto 715/2024, de 23 de julio, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Federación Española de Municipios y Provincias para la prestación del Servicio de teleasistencia móvil a víctimas de violencia contra las mujeres (servicio ATENPRO).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178

Miércoles 24 de julio de 2024

Sec. I. Pág. 94368

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE IGUALDAD
15210

Real Decreto 715/2024, de 23 de julio, por el que se regula la concesión
directa de una subvención a la Federación Española de Municipios y
Provincias para la prestación del Servicio de teleasistencia móvil a víctimas
de violencia contra las mujeres (servicio ATENPRO).

La violencia contra las mujeres constituye una vulneración de sus derechos
fundamentales y la expresión más cruel de la discriminación, la situación de desigualdad
y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres. Ante ella, los poderes
públicos tienen la obligación constitucional de garantizar las condiciones para que el
derecho a la igualdad sea real y efectivo. Por ello, y para garantizar el cumplimiento de la
Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la
Violencia de Género, es preciso el establecimiento de las medidas legales y de cualquier
otra índole necesarias para garantizar la mejor asistencia y atención a las mujeres
víctimas de violencia de género víctimas, en particular, a fin de asegurar su acceso a los
servicios públicos desarrollados a este efecto.
El Real Decreto 246/2024, de 8 de marzo, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Igualdad, y se modifica el Real Decreto 1009/2023,
de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los
departamentos ministeriales, establece en el artículo 2 que corresponde a la Secretaría
de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, entre
otras funciones, el seguimiento de la aplicación y desarrollo normativo de la Ley
Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, y de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre,
de garantía integral de la libertad sexual; y el impulso y seguimiento del cumplimiento de
las medidas contempladas en el Pacto de Estado contra la Violencia de Género, así
como la puesta en marcha de las medidas necesarias para la prevención y erradicación
de todas las formas de violencia contra las mujeres, en colaboración con las instituciones
del Estado y administraciones públicas con competencias en la materia, y con las
organizaciones de la sociedad civil.
Por su parte, el artículo 3 de la misma norma atribuye a la Delegación del Gobierno
contra la Violencia de Género proponer la política del Gobierno contra las distintas
formas de violencia contra las mujeres e impulsar, coordinar y asesorar en todas las
medidas que se lleven a cabo en esta materia y, entre otras funciones, el impulso de la
aplicación de la perspectiva de género en las medidas destinadas a luchar contra las
formas de violencia contra las mujeres, velando para que, en su aplicación, se tengan en
cuenta las necesidades y demandas específicas de las víctimas y sus hijos e hijas
menores de edad a su cargo, con especial atención a las diferentes necesidades bajo un
enfoque interseccional.
En este sentido, el Ministerio de Igualdad, a través de la Delegación del Gobierno
contra la Violencia de Género, presta el servicio de teleasistencia móvil a víctimas de
violencia contra las mujeres (servicio ATENPRO), cuyo objetivo fundamental es que las
víctimas se sientan seguras y acompañadas mientras dure el proceso para salir de la
situación de violencia, facilitándoles el contacto con un entorno de seguridad y
posibilitando la intervención inmediata con movilización, en su caso, de los recursos de
atención que fuesen necesarios. El servicio ATENPRO les proporciona seguridad y
tranquilidad, y les ofrece apoyo, información y asesoramiento, al tiempo que les garantiza
la comunicación interpersonal ante cualquier necesidad relacionada con su situación de
violencia de género las 24 horas del día, contribuyendo así a su recuperación.

cve: BOE-A-2024-15210
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