I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Subvenciones. (BOE-A-2024-15209)
Real Decreto 714/2024, de 23 de julio, por el que se regula la concesión directa de diversas subvenciones para el fortalecimiento de las capacidades, infraestructuras y equipamiento de salas blancas de micro y nanofabricación y de centros de supercomputación, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
24 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 24 de julio de 2024
Sec. I. Pág. 94357
europea de residuos generados, en las actuaciones previstas en esta inversión, será
preparado para su reutilización, reciclaje y recuperación de otros materiales, incluidas las
operaciones de relleno utilizando residuos para sustituir otros materiales, de acuerdo con
la jerarquía de residuos y el Protocolo de gestión de residuos de construcción y
demolición de la UE.
2.º Los operadores limitarán la generación de residuos en los procesos
relacionados con la construcción y demolición, de conformidad con el Protocolo de
gestión de residuos de construcción y demolición de la UE y teniendo en cuenta las
mejores técnicas disponibles y utilizando la demolición selectiva para permitir la
eliminación y manipulación segura de sustancias peligrosas y facilitar la reutilización y
reciclaje de alta calidad mediante la eliminación selectiva de materiales, utilizando los
sistemas de clasificación disponibles para residuos de construcción y demolición.
i) Si el proyecto contempla adquisiciones de equipamiento e instalaciones e
infraestructuras de tecnologías de la información y las telecomunicaciones (en adelante,
IT), garantizar que no se perjudique a ninguno de los seis objetivos medioambientales
definidos en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12
de febrero de 2021 y comprometerse a que:
1.º Los equipos cumplan con los requisitos relacionados con el consumo energético
y con la eficiencia de materiales establecidos en la Directiva 2009/125/EC del
Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de octubre de 2009 por la que se instaura un
marco para el establecimiento de requisitos de diseño ecológico aplicables a los
productos relacionados con la energía, para servidores y almacenamiento de datos, u
ordenadores y servidores de ordenadores o pantallas electrónicas.
2.º Los equipos no contengan las sustancias restringidas enumeradas en el
anexo II de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 8 de junio
de 2011 sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en
aparatos eléctricos y electrónicos, excepto cuando los valores de concentración en peso
en materiales homogéneos no superen los enumerados en dicho anexo.
3.º En la instalación de las infraestructuras IT, se atienda a la versión más reciente
del Código de conducta europeo sobre eficiencia energética de centros de datos, o en el
documento CEN-CENELEC CLC TR50600-99-1 «Instalaciones e infraestructuras de
centros de datos – Parte 99-1: Prácticas recomendadas para la gestión energética».
4.º Al final de su vida útil, el equipo se someta a una preparación para operaciones
de reutilización, recuperación o reciclaje, o un tratamiento adecuado, incluida la
eliminación de todos los fluidos y un tratamiento selectivo de acuerdo con el anexo VII de
la Directiva 2012/19/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 4 de julio de 2012
sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.
Las instalaciones de infraestructuras IT no afecten negativamente a las buenas
condiciones y la resiliencia de los ecosistemas ni al estado de conservación de los
hábitats y las especies, en particular los espacios de interés de la Unión Europea. Por
ello cuando sea preceptivo, se realizará la Evaluación de Impacto medioambiental, de
acuerdo con lo establecido en la Directiva 2011/92/EU.
j) Deberán cumplimentar una Declaración de Ausencia de Conflicto de
Intereses (DACI).
5. Las entidades beneficiarias deberán dar publicidad de la subvención concedida y
del órgano concedente en cualquier tipo de contrato relacionado con la ejecución de la
actuación, incluida la subcontratación, en convenios, publicaciones, ponencias, equipos,
material inventariable, actividades de difusión de resultados y otras análogas, incluyendo
expresamente, el emblema de la Unión y una declaración de financiación adecuada que
indique «financiado por la Unión Europea Next Generation EU». Además, deberán
publicar la concesión de la ayuda en su página web con mención expresa del órgano
concedente. En caso de que la actuación esté cofinanciada, los medios de difusión de la
cve: BOE-A-2024-15209
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 178
Miércoles 24 de julio de 2024
Sec. I. Pág. 94357
europea de residuos generados, en las actuaciones previstas en esta inversión, será
preparado para su reutilización, reciclaje y recuperación de otros materiales, incluidas las
operaciones de relleno utilizando residuos para sustituir otros materiales, de acuerdo con
la jerarquía de residuos y el Protocolo de gestión de residuos de construcción y
demolición de la UE.
2.º Los operadores limitarán la generación de residuos en los procesos
relacionados con la construcción y demolición, de conformidad con el Protocolo de
gestión de residuos de construcción y demolición de la UE y teniendo en cuenta las
mejores técnicas disponibles y utilizando la demolición selectiva para permitir la
eliminación y manipulación segura de sustancias peligrosas y facilitar la reutilización y
reciclaje de alta calidad mediante la eliminación selectiva de materiales, utilizando los
sistemas de clasificación disponibles para residuos de construcción y demolición.
i) Si el proyecto contempla adquisiciones de equipamiento e instalaciones e
infraestructuras de tecnologías de la información y las telecomunicaciones (en adelante,
IT), garantizar que no se perjudique a ninguno de los seis objetivos medioambientales
definidos en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12
de febrero de 2021 y comprometerse a que:
1.º Los equipos cumplan con los requisitos relacionados con el consumo energético
y con la eficiencia de materiales establecidos en la Directiva 2009/125/EC del
Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de octubre de 2009 por la que se instaura un
marco para el establecimiento de requisitos de diseño ecológico aplicables a los
productos relacionados con la energía, para servidores y almacenamiento de datos, u
ordenadores y servidores de ordenadores o pantallas electrónicas.
2.º Los equipos no contengan las sustancias restringidas enumeradas en el
anexo II de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 8 de junio
de 2011 sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en
aparatos eléctricos y electrónicos, excepto cuando los valores de concentración en peso
en materiales homogéneos no superen los enumerados en dicho anexo.
3.º En la instalación de las infraestructuras IT, se atienda a la versión más reciente
del Código de conducta europeo sobre eficiencia energética de centros de datos, o en el
documento CEN-CENELEC CLC TR50600-99-1 «Instalaciones e infraestructuras de
centros de datos – Parte 99-1: Prácticas recomendadas para la gestión energética».
4.º Al final de su vida útil, el equipo se someta a una preparación para operaciones
de reutilización, recuperación o reciclaje, o un tratamiento adecuado, incluida la
eliminación de todos los fluidos y un tratamiento selectivo de acuerdo con el anexo VII de
la Directiva 2012/19/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 4 de julio de 2012
sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.
Las instalaciones de infraestructuras IT no afecten negativamente a las buenas
condiciones y la resiliencia de los ecosistemas ni al estado de conservación de los
hábitats y las especies, en particular los espacios de interés de la Unión Europea. Por
ello cuando sea preceptivo, se realizará la Evaluación de Impacto medioambiental, de
acuerdo con lo establecido en la Directiva 2011/92/EU.
j) Deberán cumplimentar una Declaración de Ausencia de Conflicto de
Intereses (DACI).
5. Las entidades beneficiarias deberán dar publicidad de la subvención concedida y
del órgano concedente en cualquier tipo de contrato relacionado con la ejecución de la
actuación, incluida la subcontratación, en convenios, publicaciones, ponencias, equipos,
material inventariable, actividades de difusión de resultados y otras análogas, incluyendo
expresamente, el emblema de la Unión y una declaración de financiación adecuada que
indique «financiado por la Unión Europea Next Generation EU». Además, deberán
publicar la concesión de la ayuda en su página web con mención expresa del órgano
concedente. En caso de que la actuación esté cofinanciada, los medios de difusión de la
cve: BOE-A-2024-15209
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 178