I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Copa América. (BOE-A-2024-15206)
Real Decreto 712/2024, de 23 de julio, por el que se desarrollan las bonificaciones de cuotas aplicables a las actividades relacionadas con la organización y celebración de la XXXVII edición de la Copa América en la ciudad de Barcelona.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178

Miércoles 24 de julio de 2024

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laboral, sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las comunidades autónomas, así
como en materia de legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social, sin
perjuicio de la ejecución de sus servicios por las comunidades autónomas, respectivamente.
Asimismo, este real decreto tiene su fundamento legal en la disposición final
trigésima cuarta de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre.
Para la elaboración de esta norma se han cumplido los trámites establecidos en la
Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, sobre la potestad reglamentaria.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Trabajo y Economía Social, de acuerdo
con el Consejo de Estado, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión
del día 23 de julio de 2024,
DISPONGO:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.

Objeto.

Este real decreto desarrolla las reglas sobre las bonificaciones aplicables con
ocasión de la celebración de la XXXVII edición de la Copa América, contenidas en la
disposición final trigésima cuarta de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
Artículo 2.

Definiciones.

a) «XXXVII Copa América» o «XXXVII Copa América Barcelona» o «Copa
América» o, simplemente, «Acontecimiento»: La celebración de la trigésimo séptima
edición del trofeo deportivo más antiguo del mundo, denominado «America’s Cup» o
«Copa América de vela», que incluye varias regatas preliminares programadas
fundamentalmente entre los años 2023 y 2024 en diferentes localidades, incluyendo la
celebración en Barcelona de la Copa América de la Juventud, la Copa América
Femenina, la regata preliminar final, la serie de selección de los desafiantes y la final de
la Copa América entre el actual defensor del trofeo y el desafiante final.
b) «Entidad organizadora»: Las entidades contempladas en el apartado uno de la
disposición final trigésima quinta de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre. En todo caso,
las anteriores sociedades constituidas para la organización de la «XXXVII Copa América
Barcelona» deberán ser sociedades que estén directamente relacionadas con la
organización del acontecimiento y sobre las entidades constituyentes referidas en el
párrafo anterior posean una participación de, al menos, el 51 por ciento de su capital
social de forma directa o indirecta.
c) «Equipos participantes»: Los equipos inscritos y que participen en cualquiera de
las regatas que componen la XXXVII Copa América Barcelona y las demás filiales o
entidades sin fin de lucro, que constituyan cualquiera de los equipos inscritos para la
participación en la XXXVII Copa América Barcelona.
d) «Organización»: Además de la entidad organizadora, el director del evento, el
director de la regata, el comité de regata, el comité de reglas, el comité de medición, el
panel arbitral, el jurado internacional, los árbitros, la comisión de los equipos
participantes y sus miembros, el equipo de producción y realización de la señal televisiva
internacional, así como cualquier otra persona o entidad que participe en la preparación
y desarrollo de la XXXVII Copa América Barcelona de acuerdo con el Protocolo que
regula su XXXVII edición. La entidad organizadora los acreditará a los efectos oportunos.

cve: BOE-A-2024-15206
Verificable en https://www.boe.es

A los efectos de lo dispuesto en este real decreto y de conformidad con lo
establecido en la disposición final trigésima quinta de la Ley 31/2022, de 23 de
diciembre, se entenderá por: