III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-15169)
Resolución de 9 de julio de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad de San Lorenzo de El Escorial n.º 2, por la que se suspende la inscripción de una escritura de elevación a público de un acuerdo de la comunidad de propietarios en la que se renuncia a una servidumbre solicitando cancelación de la misma.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177

Martes 23 de julio de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
15169

Resolución de 9 de julio de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del
registrador de la propiedad de San Lorenzo de El Escorial n.º 2, por la que se
suspende la inscripción de una escritura de elevación a público de un
acuerdo de la comunidad de propietarios en la que se renuncia a una
servidumbre solicitando cancelación de la misma.

En el recurso interpuesto por doña R. R. G., en nombre y representación de la
Comunidad de Propietarios «[…]», contra la calificación del registrador de la Propiedad
de San Lorenzo de El Escorial número 2, don José Luis Jiménez Fernández, por la que
se suspende la inscripción de una escritura de elevación a público de un acuerdo de la
comunidad de propietarios en la que se renuncia a una servidumbre solicitando
cancelación de la misma.
Hechos
I

II
Presentada el día 7 de febrero de 2024 la referida escritura en el Registro de la
Propiedad de San Lorenzo de El Escorial número 2, fue objeto de la siguiente nota de
calificación:
«Documento: escritura de elevación a público de acuerdos.
Fecha: 7 de febrero de 2.024
Autoridad que lo expide: Pelayo García de Ceca Benito, protocolo 277.

cve: BOE-A-2024-15169
Verificable en https://www.boe.es

Mediante escritura autorizada el día 7 de febrero de 2024 por el notario de
Guadarrama, don Pelayo García de Ceca Benito, por la representación de una
comunidad de propietarios se otorgaba elevación a público de un acuerdo de la
comunidad de propietarios, en ejecución de los acuerdos de la citada comunidad, de
fecha 27 de septiembre de 2022, con una diligencia de fecha 20 de octubre de 2023, en
la que se votaba sobre «la renuncia a la servidumbre de uso y disfrute de zona verde
que constituye elemento común de las fincas registrales 7.240 a 7.246 de Cercedilla a
favor de las fincas que componen esta Comunidad de Propietarios […] Se aprueba por
mayoría de tres quintos de votos y de tres quintos de cuotas de participación que la
Comunidad de propietarios proceda a realizar todos los trámites necesarios para la
inscripción registral de la renuncia […]».
En el Registro de la Propiedad, la servidumbre constaba inscrita de la forma siguiente:
«en favor de la finca propiedad de la misma Sociedad inscrita bajo el número 7.336, al
folio 117, del tomo 2617, libro 124 de Cercedilla, como predio dominante, y en su caso, a
favor de todas y cada una de las fincas que de la misma puedan resultar cuando fuera
objeto de declaración de obra nueva y división horizontal, servidumbre de uso y disfrute de
dicha zona verde, conforme a su naturaleza y destino, y sobre la cual tiene la indicada
sociedad proyectado llevar a cabo la construcción de una piscina».
Mediante escritura de división horizontal sobre la citada parcela 7.336, resultaron
resultantes las fincas registrales 7.679 a 7.685 de Cercedilla.