III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Convenios. (BOE-A-2024-15195)
Resolución de 15 de julio de 2024, del Instituto de Crédito Oficial, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Fundación ICO, relativo a la participación en actividades de interés general para favorecer la promoción del arte y la arquitectura sostenible en la conservación y difusión de colecciones de obras de arte y la actividad expositiva del Museo ICO, y la promoción de la economía y las finanzas sostenibles.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177

Martes 23 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 94033

Con fecha 20 de julio de 2020 ambas partes suscribieron un convenio para
desarrollar las actividades de interés general señaladas en los expositivos anteriores, al
amparo del artículo 25 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las
entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, publicándose en
el BOE el 30 de julio 2020 habiendo sido prorrogado, mediante sucesivas adendas por
cuatro años, con vigencia hasta el 26 de julio de 2024.
Sexto.
Que las partes de conformidad con lo anteriormente expuesto, han acordado
formalizar un nuevo convenio, conforme lo aprobado por el Patronato para el desarrollo
del Plan de actuación de la Fundación para el 2024 y por el Comité de Operaciones del
Instituto de Crédito Oficial.
Séptimo.
Que el artículo 27 apartado a) de los Estatutos de la Fundación ICO recoge entre los
medios económicos para el logro de los fines fundacionales, las aportaciones del
Instituto de Crédito Oficial.
A los fines expuestos, el Instituto de Crédito Oficial y la Fundación ICO suscriben el
presente convenio en actividades de interés general al amparo del artículo 25 de la
Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y
de los incentivos fiscales al mecenazgo.
De conformidad con lo anterior, ambas partes se reconocen capacidad para la firma
del presente convenio y, en su virtud
ACUERDAN
Cláusula Primera.

Objeto del convenio.

La Fundación ICO, a cambio de la ayuda económica que se expondrá para la
realización de las actividades descritas en la cláusula segunda, se compromete
expresamente a difundir la participación del ICO en tales actividades encaminadas, entre
otras y siempre dentro del ámbito de sus fines fundacionales, a favorecer la promoción
del Arte y la Arquitectura Sostenible con la actividad de conservación y difusión de las
colecciones de obras de arte propiedad del Instituto y la actividad expositiva del Museo
ICO, y la promoción de la Economía y las Finanzas sostenibles así como a apoyar y dar
difusión a las estrategias de financiación del ICO, especialmente las dirigidas a PYMES,
autónomos y emprendedores, a través de la realización de publicaciones, programas de
formación, colaboraciones e impulso y participación en plataformas de debate.
Cláusula segunda.

Obligaciones que asume la Fundación ICO.

1. La Fundación ICO se compromete a difundir la participación del ICO en
actividades que desarrolle en el cumplimiento de sus fines fundacionales.
2. La Fundación ICO desarrollará actividades de gestión, conservación, ordenación,
documentación, investigación, comunicación y exhibición de forma científica, didáctica y
estética de los fondos artísticos del Instituto de Crédito Oficial para fines de estudio,
educación y contemplación. Todo ello de conformidad con lo estipulado en el convenio
de cesión para la gestión de la colección ICO firmado con ambas entidades públicas.
Asimismo, se encargará de la gestión del Museo ICO.

cve: BOE-A-2024-15195
Verificable en https://www.boe.es

En virtud del presente convenio, la Fundación ICO asume frente al Instituto de
Crédito Oficial las siguientes obligaciones: