III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Convenios. (BOE-A-2024-15195)
Resolución de 15 de julio de 2024, del Instituto de Crédito Oficial, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Fundación ICO, relativo a la participación en actividades de interés general para favorecer la promoción del arte y la arquitectura sostenible en la conservación y difusión de colecciones de obras de arte y la actividad expositiva del Museo ICO, y la promoción de la economía y las finanzas sostenibles.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177

Martes 23 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 94032

El Sr. García de Quevedo Ruiz fue nombrado Presidente del Instituto de Crédito
Oficial, E.P.E. mediante Real Decreto 683/20186, del 22 de junio de 2018, acordado por
el Consejo de Ministros, de esa misma fecha, a propuesta del Ministro de Economía,
Industria y Competitividad, doña Nadia Calviño Santamaria, publicado en el BOE
número 152, de 23 de junio de 2018.
Las competencias del Presidente derivan del capítulo III («Del Presidente»), artículos 11
y 12, de los Estatutos, aprobados por el Real Decreto 706/1999, de 30 de abril, de
adaptación del ICO a la Ley 6/197, de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la
Administración General de Estado y de aprobación de sus Estatutos.
Y de otra, la Fundación ICO F.S.P., fundación pública estatal de las recogidas en el
capítulo XI de la ley 50/2002, constituida mediante escritura autorizada en Madrid por el
Notario don José Luis Crespo Romeu el día 1 de enero de 1993, entidad domiciliada en
Paseo del Prado, n.º 4 y con CIF G-80743503.
Don Lucinio Muñoz Muñoz interviene en su nombre y representación como Director,
según poder otorgado ante el Notario de Madrid, don Pedro-José Bartolomé Fuentes, el
día 26 de octubre de 2019, bajo el número de protocolo 2.247.
EXPONEN
Primero.
Que son fines del Instituto de Crédito Oficial el sostenimiento y la promoción de las
actividades económicas que contribuyan al crecimiento y a la mejora de la distribución de
la riqueza nacional y, en especial, de aquellas que por su trascendencia social, cultural,
innovadora o ecológica, merezcan su fomento.
Segundo.
Que los planes estratégicos de la Fundación ICO se centran, entre otros, en la
realización de actividades que se consideran de interés público dentro de sus objetivos
fundacionales. En la actualidad, la Fundación tiene dos grandes áreas de actuación
prioritaria: la promoción del Arte y la Arquitectura Sostenible (en cuyo ámbito se
enmarcan la conservación de las colecciones del ICO y la gestión del Museo ICO) y la
promoción de la Economía y las Finanzas sostenibles (en línea con las prioridades del
ICO, según lo establecido por la normativa de Régimen Jurídico del Sector Publico, para
las Fundaciones del Sector Público Estatal).
Tercero.
Que la Fundación ICO puede desarrollar las actividades o acciones que el Patronato
considere convenientes en orden al cumplimiento de todos los fines fundacionales y
cualesquiera otros fines de interés general de naturaleza análoga.

Que el Instituto de Crédito Oficial, como fundador de la Fundación ICO, está
interesado en promover la actuación de la misma, que por sí sola contribuye al
cumplimiento de sus propios fines, la difusión de la imagen del Instituto y, en general, en
favorecer las actividades que la misma efectúe en cumplimiento de sus planes
estratégicos aprobados por su Patronato que, necesariamente están alineados con los
fines del Instituto.
Quinto.
Que la colaboración entre el Instituto de Crédito Oficial y la Fundación ICO, se ha
desarrollado mediante la suscripción de sucesivos convenios de colaboración.

cve: BOE-A-2024-15195
Verificable en https://www.boe.es

Cuarto.