III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-15191)
Resolución de 11 de julio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Marpani Solar 6, SLU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la infraestructura de evacuación de la instalación fotovoltaica "CSF El Molino", de 84,8 MW de potencia instalada, en Mula y Campos del Río (Murcia) y se declara, en concreto, de utilidad pública de la línea de evacuación aéreo-subterránea a 132 kV "SET El Molino-SET Colectora Campos".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 23 de julio de 2024

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– Se recogerán, en un proyecto de integración y restauración ejecutivo específico,
los condicionantes impuestos respecto a flora, vegetación y hábitats en el
apartado 1.2.4.6 (concretándose las superficies objeto de las actuaciones y los aspectos
y prescripciones técnicas), que deberá contar con informe favorable de las
Administraciones regionales competentes.
– Se incluirá, en el proyecto previamente a su autorización, un protocolo de
actuación frente a los sucesos de mortalidad de ejemplares con la línea eléctrica que,
conforme al condicionante 1.2.5.5, incluirá los umbrales admisibles de mortalidad que, en
caso de superarse, obligarán al soterramiento de los tramos peligrosos.
– Se incluirá un estudio de paisaje en los términos del condicionante 1.2.6.1.
– Se deberán desplazar los elementos del proyecto a una distancia superior a 200 m
de núcleos de población y de 100 m de viviendas aisladas u otras edificaciones de uso
sensible, en su caso. En todo caso, deberá garantizarse que el nivel de densidad de flujo
o inducción magnéticos sea inferior a 100 μT, conforme a la recomendación del Consejo
de la UE DOCE (13 de julio de 1999), conforme al condicionante 1.2.7.1.
– El Programa de Vigilancia Ambiental deberá completarse con todos los aspectos
adicionales relativos al seguimiento que se recogen en todo el condicionado de la DIA y,
en particular, lo indicado en el apartado 1.3.
Igualmente, cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y en la
DIA debían estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una
adenda al mismo, con el desglose para la identificación de cada una de las medidas
definidas en la citada DIA, previamente a su aprobación.
Con fechas 24 de febrero de 2023, 23 y 24 de mayo de 2023, 6 de junio de 2023, 25
de marzo de 2023, 25 de marzo de 2024, 27 de junio de 2024 y 5 de julio de 2024, el
promotor presenta documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos
impuestos en la declaración de impacto ambiental, y en la citada Resolución de 18 de
abril de 2023, incluyendo declaración responsable en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.
Considerando que, en virtud del artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
formarán parte de la instalación de producción sus infraestructuras de evacuación, que
incluyen la conexión con la red de transporte o de distribución, y en su caso, la
transformación de energía eléctrica.
Conforme a la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados por
el promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación objeto de esta
autorización incluye los siguientes elementos:
– La línea aéreo-subterránea de alta tensión a 132 kV «SET El Molino 30/132 kVSET Colectora Campos 132/400 kV». Desde el apoyo 16, la línea se comparte con el
proyecto «PSF Mula II» (SGEE/PFot-305). A partir del apoyo 23, la línea se comparte
también con el proyecto «Campos» (SGEE/PFot-468, en el marco de la cual se refiere
como apoyo 39 o «apoyo entronque»).
– La subestación colectora «SET Colectora Campos 132/400 kV», compartida con
los proyectos fotovoltaicos «PSF Mula II» (SGEE/PFot-305), «Campos» (SGEE/
PFot-468) y «Campos 115» (SGEE/PFot-044).
– La línea aérea a 400 kV «SET Colectora Campos 132/400 kV-SE Campos 400 kV
(REE)», compartida con los proyectos fotovoltaicos «PSF Mula II» (SGEE/PFot-305),
«Campos» (SGEE/PFot-468) y «Campos 115» (SGEE/PFot-044).
A los efectos del artículo 123.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con
fechas 6 de noviembre de 2020, 21 de noviembre de 2021 y 10 de marzo de 2023, el
promotor firma acuerdos para el desarrollo de infraestructuras comunes de interconexión
en la subestación Campos 400 kV (REE) con SPG Gestora Yéchar, SL («Campos 115»,
SGEE/PFot-044), Enel Green Power España, SL («Campos», SGEE/PFot-468) y Cobra
Concesiones, SL («PSF Mula II», SGEE/PFot-305).

cve: BOE-A-2024-15191
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Núm. 177