III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Ayudas. (BOE-A-2024-15200)
Orden TDF/755/2024, de 15 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria del programa de bonos de conectividad «UNICO Demanda Bono PYME» en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177

Martes 23 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 94069

f) Servicio de conectividad: servicio prestado a una organización o agente
económico con objeto de posibilitar la capacidad de conectarse de uno o varios de sus
dispositivos electrónicos.
g) Solución de conectividad: programa, tecnología o herramienta digital usada por
una organización o agente económico en sus procesos de trabajo para optimizar o hacer
posible la conectividad de sus dispositivos electrónicos.
h) Acceso a Internet: solución empleada por o servicio prestado a una organización
o agente económico para posibilitar la conexión o acceso a Internet de uno o varios de
sus dispositivos.
i) Servicios asociados a la conectividad (en adelante, «servicios asociados»):
servicios vinculados a la conectividad que se prestan a una determinada organización o
agente económico. A efectos de las ayudas de «Bono PYME» se consideran servicios
asociados exclusivamente: a) IP Fija b) Telefonía móvil corporativa, c) WiFi profesional;
d) Centralita virtual, e) Almacenamiento y Backup en la nube en modalidad básica y f)
Almacenamiento y Backup en la nube en modalidad avanzada.
j) Catálogo de Categorías de Servicios y Soluciones de Conectividad (en adelante
«Catálogo de Servicios»): relación ordenada de las categorías de servicios y soluciones
de conectividad incluidas en «Bono PYME», accesible desde el portal «Acelera PYME»
de la sede electrónica de Red.es, que permite acceder a las referencias de los servicios
y soluciones ofrecidas por los distintos prestadores de servicios y soluciones de
conectividad.
k) Categorías de Servicios y Soluciones de Conectividad (en adelante «categorías
de servicios»): clase o tipología abstracta de los servicios y soluciones de conectividad
incluidos en «Bono PYME», que estructuran el catálogo de servicios y permiten la
búsqueda y la consulta de las referencias y condiciones detalladas de los servicios y
soluciones concretos que prestan comercialmente los prestadores de servicios y
soluciones de conectividad.
l) Prestadores de Servicios y Soluciones de Conectividad (en adelante,
«prestadores de servicios»): empresas o agentes económicos dedicados a la prestación
de servicios de conectividad a las PYME.
m) Prestadores adheridos a «Bono PYME»: prestadores de servicios que han
cumplimentado el trámite de adhesión al citado programa o han expresado su voluntad
de adherirse y lo han hecho automáticamente por ser operadores de telecomunicaciones
o Agentes Digitalizadores adheridos al Kit Digital.
n) Agentes Digitalizadores adheridos: empresas o agentes económicos encargados
de prestar a las PYME las soluciones de digitalización previstas en el «Kit Digital» que
han cumplimentado el trámite de adhesión al citado programa.
TÍTULO I
Disposiciones Generales
Objeto.

1. Constituye el objeto de esta orden el establecimiento de un programa de ayudas
para la conectividad de las PYME denominado «Bono PYME» así como la aprobación de
las bases reguladoras de la concesión de las mismas y su convocatoria.
2. La gestión del Programa corresponde al Ministerio para la Transformación Digital
y de la Función Pública.
3. El Programa «Bono PYME» está alineado en su implementación y objetivos con
el Programa «Kit Digital», establecido por la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre,
por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la
digitalización de pequeñas y medianas empresas, microempresas y personas en
situación de autoempleo en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de
Digitalización PYME 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
de España –financiado por la Unión Europea– Next Generation EU, e igualmente

cve: BOE-A-2024-15200
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 2.