III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Ayudas. (BOE-A-2024-15200)
Orden TDF/755/2024, de 15 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria del programa de bonos de conectividad «UNICO Demanda Bono PYME» en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177

Martes 23 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 94126

de cambio de firma digital o de dirección IP fija de que se trate, dicha solicitud se
entenderá tácitamente aceptada.
– Protocolos de comunicaciones:
Cualquier conexión del representante voluntario con el entorno de pruebas deberá
realizarse mediante el protocolo HTTPS, utilizando TLS v1.2 o superior y un conjunto de
algoritmos de cifrado y de hash no considerados inseguros u obsoletos. Asimismo,
deberá adaptarse a nuevas versiones de dichos protocolos o algoritmos cuando, en el
transcurso de la relación con Red.es, alguno de ellos quede obsoleto o sea declarado
inseguro.
– Autenticación y firma con certificado digital:
La autenticación de los representantes voluntarios, o de los potenciales mecanismos
de automatización que empleen, para acceder a la interfaz de usuario del entorno de
pruebas, así como la firma de la solicitud en dicho entorno, se realizará mediante la
presentación de un Certificado de Representante reconocido por la plataforma @firma.
– Protección y ciberseguridad:
El representante voluntario deberá contar con medidas de ciberseguridad para
garantizar que cualquier incidente sufrido en sus instalaciones no es propagado a Red.es
mediante la conexión establecida con el entorno de pruebas.
En el caso en que dicho incidente se produjese, estará obligado a proporcionar de
forma inmediata a Red.es toda la información técnica disponible para la toma de
acciones conjuntas encaminadas a la protección.
Red.es podrá limitar la conexión del representante voluntario cuando considere que
puedan estar poniendo en riesgo los sistemas de información de Red.es, manteniendo
esta situación hasta que el representante voluntario pueda evidenciar que ha dispuesto
los mecanismos necesarios para mitigar dichos riesgos.
– Calidad técnica:
El representante voluntario, tanto en sus relaciones con Red.es como con sus
clientes, operará con un nivel técnico que garantice una calidad de servicio acorde con
los estándares del sector.
2.2

Condiciones para el acceso al entorno de producción:

Con la finalidad de mantener un buen nivel de respuesta y la disponibilidad del
entorno de producción para el conjunto de solicitantes, representantes legales o
representantes voluntarios que se conectarán, el ritmo de presentación de solicitudes no
podrá ser superior a dos solicitudes cada cinco minutos.
Red.es se reserva el derecho a variar el ritmo de presentación de solicitudes o fijar
horarios con distintos ritmos de presentación, si resultase necesario para garantizar el
rendimiento y correcto funcionamiento del entorno de producción, avisando con
suficiente antelación a los solicitantes, representantes legales o representantes
voluntarios.
Red.es podrá limitar la conexión de representantes voluntarios si comprueba que se
está realizando un uso abusivo del entorno de producción debido al incumplimiento del
ritmo de presentación establecido o de los posibles horarios de acceso que se fijen.
– Control de acceso por IP:
Como medida de seguridad en las comunicaciones, entre el representante voluntario
y el entorno de producción, el representante voluntario deberá utilizar para la

cve: BOE-A-2024-15200
Verificable en https://www.boe.es

– Ritmo de presentación de solicitudes: