III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-15075)
Resolución de 8 de julio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VIII Convenio colectivo intersocietario de Roca Corporación Empresarial, SA, y Roca Sanitario, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 176

Lunes 22 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 93397

de la jubilación parcial/contrato de relevo, bien a nivel sustantivo bien a efectos de
Seguridad Social, estándose en tal caso a la nueva legislación en vigor.
2.15 Las previsiones contenidas en el presente acuerdo en materia de jubilación
parcial/contrato de relevo quedan asimismo condicionadas a que el Instituto Nacional de
la Seguridad Social (INSS) reconozca a la persona trabajadora interesado la percepción
de la correspondiente pensión de jubilación parcial.
Disposición final quinta.

Jubilación forzosa.

cve: BOE-A-2024-15075
Verificable en https://www.boe.es

Con el objeto de mejorar la estabilidad del empleo existente en la Empresa, de
conformidad con la Disposición final primera del Real Decreto-Ley 28/2018 de 28 de
diciembre, por la que se modifica la disposición adicional décima del Texto Refundido del
Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de
octubre, la Empresa podrá extinguir el contrato de trabajo por el cumplimiento por parte
de la persona trabajadora de 68 años de edad, siempre que cumpla con los requisitos
exigidos por la normativa de Seguridad Social para tener derecho al cien por ciento de la
pensión ordinaria de jubilación en su modalidad contributiva, y la medida se vincule,
necesariamente, con una nueva contratación indefinida y a tiempo completo, con
carácter preferente a cualquier otro derecho de contratación o reingreso.