III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Convenios. (BOE-A-2024-15091)
Resolución de 5 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio entre la Organización Nacional de Trasplantes, O.A., y el Grupo Iberia, para el traslado aéreo de órganos, tejidos y células para trasplante.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 176

Lunes 22 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 93552

Segundo.
Grupo Iberia es una compañía aérea dedicada al transporte aéreo nacional e
internacional de personas, correo y carga.
Grupo Iberia, consciente de la importancia social de la labor desarrollada por la ONT,
tradicionalmente ha puesto a su disposición todos los medios técnicos y humanos que le
son propios, colaborando siempre que su ayuda ha sido solicitada para efectuar el
transporte de órganos desde cualquiera de los aeropuertos nacionales en los que opera.
Tercero.
Las Partes continúan interesadas en colaborar a través de los procedimientos
necesarios con el fin de ofrecer un servicio ágil y eficaz en el traslado de órganos, tejidos
y células para trasplante.
Cuarto.
La colaboración institucional que ampara este convenio contribuye al desarrollo de la
función social encomendada a las entidades firmantes, ya que la colaboración entre las
partes en el traslado de órganos, tejidos y células favorece y potencia el buen
funcionamiento del sistema nacional de donación y trasplantes.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

El objeto del presente convenio es articular la relación entre las Partes a los efectos
del traslado, por parte del Grupo Iberia, de los órganos, tejidos y células donados y
establecer la coordinación de los sistemas operativos a seguir entre la ONT y el Grupo
Iberia, a efectos de optimizar los procedimientos con el fin de ofrecer un servicio ágil y
eficaz en el traslado de órganos, células y tejidos para trasplante.
Segunda. Compromisos de las partes.
Las partes se comprometen a realizar el mayor esfuerzo para la realización conjunta
del objeto al que se refiere la cláusula primera.
Compromisos asumidos:
Por la ONT:

– Ponerse en contacto con la aerolínea del Grupo Iberia que haya seleccionado para
realizar el transporte tan pronto como surja la necesidad, indicando la persona que
realizará la entrega en origen y recogida en destino.
– Informar a la persona designada por la aerolínea, de todos los pormenores de la
operación.
– Realizar un seguimiento de todas las fases desde el momento de la entrega hasta
el de la recepción.
– Mantenerse en continua comunicación con la aerolínea durante todo el proceso.
– Elaborar un informe anual de los órganos, tejidos y células enviados al Grupo
Iberia para su transporte, que será puesto a disposición de la otra parte preferentemente
antes del 31 de enero del año siguiente.

cve: BOE-A-2024-15091
Verificable en https://www.boe.es

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