III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2024-15066)
Resolución 420/38311/2024, de 15 de julio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Galicia, para la prevención de incendios forestales en Galicia durante la campaña de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 176

Lunes 22 de julio de 2024

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fase de reconocimiento. Durante esta fase, ambas partes establecerán los contactos
necesarios y se intercambiarán la información más conveniente para un eficaz
planeamiento de la operación.
En el caso de que la suscripción y eficacia de este convenio se produzca con
posterioridad al 15 de agosto, las actuaciones se iniciarán desde su fecha de inscripción
en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal.
b) Las zonas de vigilancia y actuación preferente de las patrullas terrestres serán
inicialmente las que se detallan en el anexo I. La Comisión de Seguimiento podrá
modificarlas y variar el esfuerzo de las patrullas en cada zona para adaptarse a la
valoración del riesgo.
c) Las Fuerzas Armadas articularán los puestos de mando necesarios para ejercer
el mando y control de las patrullas terrestres y demás capacidades, y destacarán
oficiales de enlace a los distintos comités y centros de coordinación que se constituyan,
en los que sea requerida su presencia.
2.

La Xunta de Galicia se compromete a:

a) Dotar a cada patrulla terrestre de un dispositivo GPS adecuado con la
correspondiente cartografía digital actualizada, apta para desplazamiento por terreno
forestal.
b) Satisfacer el importe de los gastos que se produzcan conforme a lo establecido
en la cláusula cuarta.
Tercera.

Entidad del despliegue.

La activación conllevará el despliegue de 30 patrullas terrestres, 2 equipos de
mantenimiento móvil (uno del Ejército de Tierra y otro de la Armada), y la posibilidad de
despliegue de capacidades de vigilancia RPAS (vehículos aéreos no tripulados).
Cuando la evolución de los acontecimientos permita prever una situación de riesgo
superior o requiera una prórroga del periodo de activación, se podrán emplear más
recursos o capacidades de las Fuerzas Armadas, con el correspondiente aumento de
financiación, siguiendo el procedimiento establecido para la modificación del convenio en
la cláusula undécima.
Cuarta.

Financiación y forma de pago.

1. Para esta colaboración se estima un presupuesto global de cuatrocientos
sesenta y nueve mil seiscientos cuatro euros con cuarenta y un céntimos (469.604,41
euros) para el reconocimiento, despliegue, actividad operativa y relevos de unidades de
las Fuerzas. Estos gastos se abonarán con cargo a la aplicación
presupuestaria 45.02.551B 601.1 2002 15860.
2. Procedimiento de compensación y justificación de gasto. El libramiento de las
cantidades al Ejército de Tierra y la Armada se hará de la siguiente forma:
a) Un 65 % del importe una vez que el convenio sea eficaz, que se justificará con
memoria firmada por el órgano competente en cada caso y que la Dirección General de
Política de Defensa trasladará a la Xunta de Galicia antes del día 24 de agosto.
b) Acabada la campaña, y antes del día 15 de octubre de 2024, la Dirección
General de Política de Defensa remitirá los certificados de gastos correspondientes al

cve: BOE-A-2024-15066
Verificable en https://www.boe.es

La suscripción de este convenio no conlleva ninguna obligación ni compromiso
económico para el Ministerio de Defensa.
La Xunta de Galicia se compromete a satisfacer el importe de los gastos que se
produzcan con motivo de esta colaboración de las Fuerzas Armadas, conforme a los
parámetros de cálculo que se expresan en el anexo II.