III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2024-15067)
Resolución 420/38298/2024, de 11 de julio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Confederación de Asociaciones Empresariales de Burgos, para el desarrollo de actividades que complementen la formación e impulsen el aprovechamiento de las capacidades profesionales del personal militar, fomentando su incorporación al ámbito laboral civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 176

Lunes 22 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 93324

Quinto.
Que la Orden DEF/183/2022, de 7 de marzo, por la que se aprueba el Plan de Acción
Individual para el Desarrollo Profesional dirigido a los militares profesionales de tropa y
marinería y a los reservistas de especial disponibilidad, marca como objetivo establecer
el conjunto de acciones que el Ministerio de Defensa ejecute en apoyo al desarrollo
profesional de este personal, tanto las orientadas a la preparación individual, como las
conducentes a la promoción profesional dentro de las Fuerzas Armadas y a la
preparación para el retorno al mundo laboral civil, una vez finalizado su periodo de
servicio.
Sexto.
Que el artículo 3 de la Orden DEF/49/2023, de 17 de noviembre, por la que se
aprueba la Estrategia Integral de Desarrollo Profesional para personal militar del
Ministerio de Defensa, establece el marco de actuación necesario para facilitar el
desarrollo profesional del personal relacionado en el artículo 2, relativo al Plan de Acción
Individual para el Desarrollo Profesional, como elemento central de la Estrategia,
orientándolo a alcanzar sus objetivos profesionales, que pueden ser tanto de promoción
en las Fuerzas Armadas como, en su caso, de integración en el ámbito laboral civil.
Séptimo.
Que atender a la demanda socio-laboral del personal militar que finaliza su
compromiso con las Fuerzas Armadas, y durante su desarrollo supone no sólo un
incentivo, sino también un beneficio social, en especial, en aquellas unidades militares
que demandan un sacrificio personal y familiar a sus miembros, por su alta disponibilidad
y especialización.
Octavo.
Que la Confederación de Asociaciones Empresariales de Burgos, es una
organización empresarial de carácter intersectorial y que se constituye al amparo de la
Ley 19/1977 de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical, como
entidad sin ánimo de lucro, que desarrolla su actividad en el ámbito geográfico de la
provincia de Burgos y cuya vocación y finalidad principal es la representación,
coordinación, fomento, gestión y defensa de los intereses de todos los empresarios
burgaleses.

Que ambas partes consideran de interés establecer mecanismos que canalicen la
mutua colaboración, permitan un mejor aprovechamiento de los recursos humanos
dependientes de cada una de ellas, para el desarrollo de actividades y proyectos de
interés común, destinados a lograr la formación en la excelencia del personal militar, así
como otras actuaciones que permitan la incorporación laboral de los militares que vayan
a desvincularse voluntariamente de las Fuerzas Armadas y alcanzar la completa
identificación entre estos y la sociedad española mediante la puesta en valor del trabajo
de sus miembros.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por
las siguientes

cve: BOE-A-2024-15067
Verificable en https://www.boe.es

Noveno.