III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2024-15078)
Resolución de 15 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Industria, por la que se publica la tercera Adenda al Convenio con la Fundación EOI, F.S.P., para regular la financiación de las actuaciones ejecutadas en materia de prospectiva y estrategia industrial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 176

Lunes 22 de julio de 2024

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para regular la financiación de las actuaciones ejecutadas en materia de prospectiva y
estrategia industrial. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003,
de 26 de noviembre, General Presupuestaria, mediante Acuerdo de Consejo de Ministros
de 16 de marzo de 2021 se autorizaron los límites para adquirir los compromisos de
gasto con cargo a ejercicios futuros derivados del convenio. Este convenio fue suscrito
el 16 de abril de 2021 y publicado en el BOE de 26 de abril de 2021.
Segundo.
Que el 21 de marzo de 2022 se suscribió una primera adenda al convenio suscrito entre
el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (actual Ministerio de Industria y Turismo) y la
Fundación EOI, F.S.P. para regular la financiación de las actuaciones ejecutadas en materia
de prospectiva y estrategia industrial, con objeto de reajustar las anualidades del convenio,
de modo que la anualidad prevista para 2021 por importe de 366.370,00 euros pasase a
recoger la aportación real del MINCOTUR en el ejercicio 2021, que ascendió a 35.696,03
euros, y la aportación prevista por parte de la EOI por importe de 250.000,00 euros pasase
a recoger la aportación real por importe de 24.357,91 euros, y por tanto se minoró el importe
total del convenio y el compromiso total de financiación del MINCOTUR a la EOI que ahora
asciende a 1.134.806,03 euros, en lugar de los 1.465.480,00 euros inicialmente previstos,
manteniéndose la contribución total de la EOI durante la vigencia del convenio
en 1.000.000,00 de euros inicialmente previsto.
Era también objeto de la citada adenda resolver un posible conflicto dispositivo entre
las cláusulas segunda y tercera del convenio en lo relativo al periodo durante el que se
puede modificar el Plan de Actuaciones aprobado para un ejercicio dado, de modo que la
nueva redacción dispone que se podrá aprobar la modificación del Plan de Actuaciones
en cualquier momento del ejercicio planificado y afectado por la modificación o anterior al
mismo, y modificar la cláusula sexta del convenio con objeto de clarificar y flexibilizar el
régimen de reuniones para realizar el adecuado seguimiento de las actualizaciones
realizadas.

Que el 12 de abril de 2023 se suscribió una segunda adenda al convenio suscrito
entre el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (actual Ministerio de Industria y
Turismo) y la Fundación EOI, F.S.P. para regular la financiación de las actuaciones
ejecutadas en materia de prospectiva y estrategia industrial, con objeto de reajustar de
nuevo las anualidades del convenio, de modo que las aportaciones previstas para 2022
pasasen a recoger el importe real aportado por cada una de las partes. De modo que, la
anualidad prevista para 2022 por parte del MINCOTUR por importe de 366.370,00 euros
pasase a recoger la aportación real del MINCOTUR en el ejercicio 2022, que ascendió
a 156.508,61 euros, y la aportación prevista por parte de la EOI por importe
de 325.214,03 euros pasase a recoger la aportación real por importe de 138.927,31
euros, y por tanto se minoró el importe total del convenio y el compromiso total de
financiación del MINCOTUR a la EOI que ahora asciende a 924.944,64 euros, en lugar
de los 1.134.806,03 euros previstos en la adenda de 21 de marzo de 2022,
manteniéndose la contribución total de la EOI durante la vigencia del convenio
en 1.000.000,00 de euros inicialmente previsto.
También fue objeto de esta segunda adenda modificar la cláusula sexta del convenio
con objeto de flexibilizar el régimen de reuniones de la Comisión de Planificación y
Seguimiento, en concreto en lo relativo a la reunión preceptiva prevista una vez sea
recibido por parte de EOI el informe de auditoría de sus cuentas anuales elaborado por
la IGAE.

cve: BOE-A-2024-15078
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Tercero.