III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-15089)
Resolución de 12 de julio de 2024, del Museo Nacional del Prado, por la que se publica el Convenio de mecenazgo con AirParfum, en el proyecto "Una esencia, un cuadro".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 176

Lunes 22 de julio de 2024
Segunda.

Sec. III. Pág. 93543

Objeto.

2.1 El objeto del presente convenio es articular la colaboración entre el Museo y
AirParfum para llevar a cabo el proyecto «Una esencia, un cuadro», que consiste en la
instalación en una de las salas del Museo de una Máquina que emitirá una fragancia
vinculada a un cuadro de la colección del Museo y cuyo(s) ingrediente(s) se indica(n) el
anexo, creando una experiencia olfativa, enriqueciendo la experiencia y la calidad de la
visita.
2.2 Por el presente convenio, AirParfum colaborará con el Museo durante el
periodo de vigencia del proyecto «Una esencia, un cuadro» y asumirá el gasto asociado
a éste por un valor de hasta veinte mil Euros (20.000 euros) en los siguientes conceptos:
Asesoramiento perfumístico en el desarrollo y estrategia del Proyecto, así como el
diseño, montaje, configuración y mantenimiento de la Máquina.
Tercera. Obligaciones de AirParfum.
3.1 AirParfum se compromete a realizar el asesoramiento perfumístico en el
desarrollo y estrategia del proyecto, el diseño, instalación, montaje y configuración de la
Máquina, según los términos previstos en el presente convenio.
3.2 AirParfum será el responsable de velar por la asistencia técnica, el
mantenimiento y la reparación de la Máquina una vez que estén en funcionamiento en el
Museo, a menos que el mal funcionamiento se deba a la destrucción voluntaria o a un
uso indebido de la Máquina por parte del Museo o cualquier tercero ajeno a AirParfum o
sus empleados y/o colaboradores (en adelante, «Uso indebido»).
3.3 AirParfum se compromete a informar al personal del Museo involucrado en el
Proyecto para garantizar el uso adecuado de la Máquina.
3.4 La instalación y desinstalación de la Máquina serán realizadas bien por
AirParfum o a través de un tercero subcontratado por esta.
Cuarta. Obligaciones del Museo Nacional del Prado.
4.1 El Museo se compromete a organizar el proyecto «Una esencia, un cuadro»
objeto del convenio y garantizar su correcto desarrollo, así como promover el uso de la
Máquina.
4.2 El Museo será responsable, durante la vigencia del convenio, de evitar el uso
indebido de la Máquina.
4.3 El Museo será responsable, durante la vigencia del convenio, de la custodia de
la Máquina que se encuentre en sus espacios.
4.4 El Museo será responsable, sin carácter limitativo, de los daños a la Máquina
que surjan de un incumplimiento de las obligaciones asumidas en el presente convenio.
4.5 Además, el Museo asume con respecto a la otra Parte el compromiso de
difundir y corresponder a la colaboración prestada por aquellas en la actividad objeto de
la colaboración en cumplimiento de su finalidad y que motiva este convenio, según los
siguientes términos:

– Participación en los actos de presentación (si los hubiera) que se celebren en torno
a la actividad objeto de la colaboración, junto a los representantes del Museo, de
acuerdo a sus características y protocolo exigido.
– Asistencia en otros actos institucionales del Museo, de acuerdo a sus
características y el protocolo exigido.

cve: BOE-A-2024-15089
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