I. Disposiciones generales. COMUNIDAD DE MADRID. Vivienda. (BOE-A-2024-15001)
Ley 3/2024, de 28 de junio, de medidas urbanísticas para la promoción de vivienda protegida.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 176

Lunes 22 de julio de 2024

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7. Los ayuntamientos podrán, en el plazo de cuatro meses desde la entrada en
vigor de la ley y mediante un acuerdo de Pleno, decidir no aplicar en su término
municipal el régimen previsto en el presente artículo, así como establecer condiciones
adicionales o definir los ámbitos territoriales para su implantación. Los interesados
podrán solicitar las licencias necesarias para la materialización del régimen previsto en
este artículo transcurrido el plazo de cuatro meses desde la entrada en vigor de la
presente ley.
Disposición transitoria única. Procedimientos iniciados al amparo del artículo 36 de la
Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
La regulación establecida en la presente ley para las viviendas de protección pública
en redes supramunicipales del artículo 36 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de
la Comunidad de Madrid, será de aplicación inmediata, pudiendo los interesados solicitar
la continuidad de la tramitación ya iniciada y aún no concluida conforme a la legislación
vigente en el momento de su aprobación inicial.
Disposición derogatoria única.

Derogación normativa.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo
establecido en la presente ley.
Disposición final única.

Entrada en vigor.

La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid», siendo de aplicación directamente y completando,
por tanto, las previsiones que al respecto tenga el planeamiento urbanístico vigente en
los términos establecidos en la misma.
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta ley, que la
cumplan, y a los Tribunales y Autoridades que corresponda, la guarden y la hagan
guardar.
Madrid, 28 de junio de 2024.–La Presidenta, Isabel Díaz Ayuso.

cve: BOE-A-2024-15001
Verificable en https://www.boe.es

(Publicada en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» número 157, de 3 de julio de 2024)

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X