I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2024-14997)
Enmiendas adoptadas en Ginebra el 29 de octubre de 2021, el 6 de mayo de 2022 y el 28 de octubre de 2022, a los anejos del Acuerdo sobre transportes internacionales de mercancías perecederas y sobre las unidades especiales utilizadas en estos transportes (ATP), hecho en Ginebra el 1 de septiembre de 1970. Texto consolidado del Acuerdo ATP.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 176
Lunes 22 de julio de 2024
Sec. I. Pág. 93046
Período de condiciones estabilizadas y duración del ensayo.
1.7 Las temperaturas medias exterior e interior de la caja durante un período
constante de, por lo menos, doce horas no sufrirán fluctuaciones superiores a ± 0,3 ºC y,
durante las seis horas precedentes, fluctuaciones superiores a ±1,0 ºC.
La variación de la potencia de calentamiento o de enfriamiento medida durante dos
períodos de al menos tres horas, separados por un período de al menos seis horas, al
comienzo y al final del período constante, deberá ser inferior al 3 %.
Los valores medios de la temperatura y de la potencia de calentamiento o de
enfriamiento durante las seis últimas horas como mínimo del período constante servirán
para calcular el coeficiente K.
La diferencia entre las temperaturas medias interior y exterior al comienzo y al final
del período de cálculo de al menos seis horas, no será superior a 0,2 ºC.
2.
Isotermia de las unidades.
Metodología para medir el coeficiente K.
2.1 Unidades diferentes a las cisternas destinadas a los transportes de líquidos
alimenticios.
2.1.1 La medida del coeficiente K se efectuará en régimen permanente, bien por el
método de enfriamiento interior, o por el método de calefacción interior. En ambos casos
la unidad se colocará, vacía de toda la carga, en una cámara isoterma.
Método de ensayo.
2.1.2 Cuando se utilice el método de enfriamiento interior, se colocarán uno o varios
intercambiadores de calor en el interior de la caja. La superficie de estos
intercambiadores deberá ser tal que, cuando sean recorridos por un fluido cuya
temperatura no sea inferior a 0- ºC6, la temperatura media interior de la caja siga siendo
inferior a +10 ºC cuando se haya establecido el régimen permanente. Cuando se utilice
el método de calefacción, se emplearán dispositivos de calefacción eléctricos
(resistencias). Los intercambiadores de calor o los dispositivos de calefacción eléctricos
estarán equipados con ventiladores de potencia suficiente como para obtener de 40 a 70
renovaciones de aire por hora en relación con el volumen en vacío de la caja objeto del
ensayo y la distribución del aire en torno a las superficies interiores de la caja objeto del
ensayo sea suficiente como para que la diferencia máxima entre las temperaturas de dos
puntos cualesquiera de los 12 indicados en el párrafo 1.3 del presente apéndice no
sobrepase 2 ºC, cuando se haya establecido el régimen permanente.
6
Con el fin de evitar los fenómenos de escarcha.
2.1.3 Cantidad de calor: El calor disipado por los dispositivos de calentamiento con
resistencias eléctricas no deberá sobrepasar un flujo térmico de 1W/cm2 y deberán estar
protegidos por un recubrimiento de bajo poder emisivo.
El consumo de energía eléctrica será medido con una precisión de ± 0,5 %.
2.1.4 Cualquiera que sea el método utilizado, la temperatura media de la cámara
isoterma se mantendrá durante toda la duración del ensayo, uniforme y constante como
se indica en el párrafo 1.7 del presente apéndice, a tal nivel que la diferencia de
temperatura existente entre el interior de la caja y la cámara isoterma sea de 25 ºC
± 2 °C la temperatura media de las paredes de la caja se mantendrá a + 20 ºC ± 0,5 °C.
2.1.5 Durante el ensayo, tanto por el método de enfriamiento interior como por el
método de calefacción interior, se hará circular continuamente la masa de aire de la
cve: BOE-A-2024-14997
Verificable en https://www.boe.es
Procedimiento.
Núm. 176
Lunes 22 de julio de 2024
Sec. I. Pág. 93046
Período de condiciones estabilizadas y duración del ensayo.
1.7 Las temperaturas medias exterior e interior de la caja durante un período
constante de, por lo menos, doce horas no sufrirán fluctuaciones superiores a ± 0,3 ºC y,
durante las seis horas precedentes, fluctuaciones superiores a ±1,0 ºC.
La variación de la potencia de calentamiento o de enfriamiento medida durante dos
períodos de al menos tres horas, separados por un período de al menos seis horas, al
comienzo y al final del período constante, deberá ser inferior al 3 %.
Los valores medios de la temperatura y de la potencia de calentamiento o de
enfriamiento durante las seis últimas horas como mínimo del período constante servirán
para calcular el coeficiente K.
La diferencia entre las temperaturas medias interior y exterior al comienzo y al final
del período de cálculo de al menos seis horas, no será superior a 0,2 ºC.
2.
Isotermia de las unidades.
Metodología para medir el coeficiente K.
2.1 Unidades diferentes a las cisternas destinadas a los transportes de líquidos
alimenticios.
2.1.1 La medida del coeficiente K se efectuará en régimen permanente, bien por el
método de enfriamiento interior, o por el método de calefacción interior. En ambos casos
la unidad se colocará, vacía de toda la carga, en una cámara isoterma.
Método de ensayo.
2.1.2 Cuando se utilice el método de enfriamiento interior, se colocarán uno o varios
intercambiadores de calor en el interior de la caja. La superficie de estos
intercambiadores deberá ser tal que, cuando sean recorridos por un fluido cuya
temperatura no sea inferior a 0- ºC6, la temperatura media interior de la caja siga siendo
inferior a +10 ºC cuando se haya establecido el régimen permanente. Cuando se utilice
el método de calefacción, se emplearán dispositivos de calefacción eléctricos
(resistencias). Los intercambiadores de calor o los dispositivos de calefacción eléctricos
estarán equipados con ventiladores de potencia suficiente como para obtener de 40 a 70
renovaciones de aire por hora en relación con el volumen en vacío de la caja objeto del
ensayo y la distribución del aire en torno a las superficies interiores de la caja objeto del
ensayo sea suficiente como para que la diferencia máxima entre las temperaturas de dos
puntos cualesquiera de los 12 indicados en el párrafo 1.3 del presente apéndice no
sobrepase 2 ºC, cuando se haya establecido el régimen permanente.
6
Con el fin de evitar los fenómenos de escarcha.
2.1.3 Cantidad de calor: El calor disipado por los dispositivos de calentamiento con
resistencias eléctricas no deberá sobrepasar un flujo térmico de 1W/cm2 y deberán estar
protegidos por un recubrimiento de bajo poder emisivo.
El consumo de energía eléctrica será medido con una precisión de ± 0,5 %.
2.1.4 Cualquiera que sea el método utilizado, la temperatura media de la cámara
isoterma se mantendrá durante toda la duración del ensayo, uniforme y constante como
se indica en el párrafo 1.7 del presente apéndice, a tal nivel que la diferencia de
temperatura existente entre el interior de la caja y la cámara isoterma sea de 25 ºC
± 2 °C la temperatura media de las paredes de la caja se mantendrá a + 20 ºC ± 0,5 °C.
2.1.5 Durante el ensayo, tanto por el método de enfriamiento interior como por el
método de calefacción interior, se hará circular continuamente la masa de aire de la
cve: BOE-A-2024-14997
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Procedimiento.