III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2024-14980)
Resolución 420/38299/2024, de 11 de julio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de La Rioja, para el desarrollo de actividades que complementen la formación y permitan el aprovechamiento de las capacidades profesionales del personal militar fomentando su incorporación al ámbito laboral civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175

Sábado 20 de julio de 2024

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para continuar con su vida laboral activa al abandonar las Fuerzas Armadas, (FAS), en la
Comunidad Autónoma de La Rioja.
Segunda.

Actuaciones del Ministerio de Defensa.

a) Promover y facilitar la participación de los candidatos en las acciones de
formación que se determinen, relacionadas con el proceso de habilitación de los militares
para su incorporación al ámbito laboral y de la empresa.
b) Difundir las ofertas de empleo y/o de formación y otras actividades, a través de la
plataforma SAPROMIL, o de los medios internos de información del MINISDEF.
c) Gestionar las autorizaciones y los permisos necesarios para los militares
seleccionados en los programas de formación y salidas profesionales que se
establezcan.
d) Designar un interlocutor con la Cámara de La Rioja para el seguimiento del
convenio.
Tercera.

Actuaciones de la Cámara de La Rioja.

a) Difundir entre sus asociados el contenido de este convenio, en aras de facilitar la
incorporación del personal de las FAS al mercado laboral civil.
b) Propiciar la identificación por parte de las empresas de su demarcación, de
puestos de trabajo susceptibles de ser ofertados al personal militar objeto de este
convenio, para facilitar su eventual incorporación laboral con sujeción a la normativa
vigente. Las empresas inscribirán las ofertas de empleo que consideren oportunas en la
aplicación informática SAPROMIL.
c) Facilitar información sobre los cursos de formación programados por la Cámara
de La Rioja, por si fueran de interés para el personal militar al que se refiere este
convenio.
d) Impartir jornadas informativas anuales en materia de orientación laboral y
emprendimiento y autoempleo al personal de las FAS destinado en la Comunidad
Autónoma de la Rioja.
e) Designar un interlocutor con el MINISDEF para el seguimiento del convenio.
Cuarta.

Financiación.

El presente convenio no supone gasto económico para ninguna de las partes. Por lo
tanto, no generará ni dará lugar a contraprestaciones financieras que requieran, en su
caso, de otros acuerdos y formalidades, ni supondrá coste económico adicional.
Quinta.

Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio.

a) Por parte del MINISDEF, un representante designado por el Director General de
Reclutamiento y Enseñanza Militar, entre el personal de la misma Dirección General o de
los ejércitos, y otro de la Delegación de Defensa en La Rioja.
b) Por parte de la Cámara de La Rioja, el Director General o persona en quien
delegue, así como otra persona miembro de la organización, cuyos cargos representativos
deberán corresponderse, en paridad, con los determinados por el MINISDEF.

cve: BOE-A-2024-14980
Verificable en https://www.boe.es

Ambas partes acuerdan crear una comisión mixta paritaria de control y seguimiento
de las acciones previstas en este convenio (comisión mixta), integrada por dos
representantes de cada institución firmante que se designen y que se constituirá en el
plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha de inscripción de este convenio en
el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal, con alternancia anual de la Presidencia, iniciada por el MINISDEF.
Integrarán la comisión mixta: