II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-14979)
Resolución de 15 de julio de 2024, de la Universitat de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema general de acceso libre, a la Escala de Gestión Universitaria.
18 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 20 de julio de 2024

Sec. II.B. Pág. 92965

Seguidamente, se desarrollará la fase de concurso con aquellas personas que,
habiendo superado la fase de oposición, no hayan obtenido puesto por el sistema de
oposición. En este caso, la adjudicación de los puestos se efectuará de acuerdo con el
orden de puntuación obtenido en el concurso-oposición (fase de oposición, más fase de
concurso) hasta cubrir los 8 puestos restantes.
1.5 De acuerdo con lo que prevé el artículo 91 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22
de marzo, del Sistema Universitario, esta convocatoria se publicará en el «Diari Oficial de
la Generalitat Valenciana» (DOGV) y en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE). Esta
última publicación es la que se tomará como referencia a efectos del cómputo de plazos
para la presentación de solicitudes de participación. El resto de las resoluciones
administrativas derivadas de esta convocatoria se publicarán únicamente en el «Diari
Oficial de la Generalitat Valenciana» (DOGV).
1.6 De conformidad con lo dispuesto en el apartado f) del artículo 61.2 de la
Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la Función Pública Valenciana, la
distribución porcentual de los dos sexos en la escala de gestión universitaria es de
un 80,5 % de mujeres y de un 19,5 % de hombres.
Segunda. Requisitos de las personas aspirantes.
2.1 Para ser admitidas en estas pruebas selectivas, las personas aspirantes
deberán reunir los requisitos siguientes:
2.1.1 Tener la nacionalidad española o la de algún estado miembro de la Unión
Europea, o ser nacional de algún Estado en el cual se aplique la libre circulación de
trabajadores o trabajadoras en virtud de tratados internacionales establecidos por la
Unión Europea y ratificados por España.
Igualmente, pueden participar los cónyuges de los españoles y de los nacionales de
otros estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad,
siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes, y los de su cónyuge,
siempre que no estén separados de derecho, sean menores de 21 años o mayores de
esa edad dependientes.
2.1.2 Haber cumplido 16 años y no exceder, en su caso, la edad máxima de
jubilación forzosa o de aquella otra que pueda establecerse por ley.
2.1.3 Estar en posesión del título de grado universitario, diplomatura universitaria,
ingeniería técnica, arquitectura técnica, o titulación equivalente, o estar en condiciones
de obtenerlo antes de que acabe el plazo de presentación de solicitudes de participación.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, la persona aspirante deberá
estar en posesión de la credencial que certifica su homologación.
2.1.4 Poseer el certificado acreditativo de conocimientos de valenciano del nivel C1,
expedido por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià (JQCV) de la Generalitat
Valenciana o por el Servei de Llengües i Política Lingüística de la Universitat de València, o
poseer los certificados, títulos o diplomas convalidados según lo que establece el
ACGUV 66/2018, por el que se establecen los certificados de conocimientos de valenciano
que expide el Servei de Llengües i Política Lingüística de la Universitat de València y las
equivalencias de otros títulos, diplomas y certificados, o el compromiso de adquirir estos
conocimientos en el plazo de un año desde la toma de posesión en el puesto (o en el
tiempo que permita la programación del Servei de Llengües i Política Lingüística).
Se puede consultar el Acuerdo (ACGUV 66/2018) en este enlace:
https://www.uv.es/sgeneral/Reglamentacio/Doc/Estudis/C80.pdf.
2.1.5 Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias
para el desempeño de las funciones o tareas correspondientes a los puestos
convocados.
2.1.6 No haber sido separado del servicio como personal funcionario de carrera ni
haberse revocado su nombramiento como personal funcionario interino, con carácter

cve: BOE-A-2024-14979
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 175