III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Delegación de competencias. (BOE-A-2024-14907)
Resolución de 28 de junio de 2024, de la Autoridad Portuaria de Baleares, sobre delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 174
Viernes 19 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 92437
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
14907
Resolución de 28 de junio de 2024, de la Autoridad Portuaria de Baleares,
sobre delegación de competencias.
El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares, en su sesión
celebrada el día 25 de junio de 2024, aprobó los siguientes acuerdos en relación con la
delegación de competencias:
Primero.
Revocar las delegaciones de carácter general vigentes en la actualidad publicadas
en el «Boletín Oficial del Estado» número 82, de 6 de abril de 2021, así como todas
aquellas delegaciones de carácter general acordadas a partir de dicha fecha por el
Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares. Esta revocación no
afecta a las delegaciones acordadas por el Consejo de Administración con ocasión de la
aprobación de propuestas referidas a actuaciones concretas.
Segundo.
Delegar en los distintos órganos y unidades organizativas de la Autoridad Portuaria
de Baleares las competencias que para cada órgano se indican en el documento anexo.
Tercero.
Las delegaciones de competencias previstas en esta resolución serán revocables en
cualquier momento por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de
Baleares. Así mismo, como órgano titular de las competencias delegadas, el Consejo
podrá avocar el ejercicio de éstas de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Cuarto.
En cuantas resoluciones sean adoptadas en el ejercicio de las competencias
delegadas por la presente resolución, se hará constar expresamente tal circunstancia
mediante la mención de esta resolución y de su fecha de publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Quinto.
Sexto.
La presente resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su
publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2024-14907
Verificable en https://www.boe.es
Ordenar que se disponga lo necesario para que las delegaciones aprobadas sean
publicadas en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Núm. 174
Viernes 19 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 92437
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
14907
Resolución de 28 de junio de 2024, de la Autoridad Portuaria de Baleares,
sobre delegación de competencias.
El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares, en su sesión
celebrada el día 25 de junio de 2024, aprobó los siguientes acuerdos en relación con la
delegación de competencias:
Primero.
Revocar las delegaciones de carácter general vigentes en la actualidad publicadas
en el «Boletín Oficial del Estado» número 82, de 6 de abril de 2021, así como todas
aquellas delegaciones de carácter general acordadas a partir de dicha fecha por el
Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares. Esta revocación no
afecta a las delegaciones acordadas por el Consejo de Administración con ocasión de la
aprobación de propuestas referidas a actuaciones concretas.
Segundo.
Delegar en los distintos órganos y unidades organizativas de la Autoridad Portuaria
de Baleares las competencias que para cada órgano se indican en el documento anexo.
Tercero.
Las delegaciones de competencias previstas en esta resolución serán revocables en
cualquier momento por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de
Baleares. Así mismo, como órgano titular de las competencias delegadas, el Consejo
podrá avocar el ejercicio de éstas de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Cuarto.
En cuantas resoluciones sean adoptadas en el ejercicio de las competencias
delegadas por la presente resolución, se hará constar expresamente tal circunstancia
mediante la mención de esta resolución y de su fecha de publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Quinto.
Sexto.
La presente resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su
publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2024-14907
Verificable en https://www.boe.es
Ordenar que se disponga lo necesario para que las delegaciones aprobadas sean
publicadas en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.