III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-14911)
Resolución de 10 de julio de 2024, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Convenio con el Organismo Público Descentralizado "Museos Puebla" México, para la organización y ejecución de la exposición "Monocromo. Evocaciones sobre el Barroco".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 174
Viernes 19 de julio de 2024
Vigesimonovena.
Sec. III. Pág. 92468
Interpretación.
En la interpretación de este convenio, y salvo que el contexto requiera otra cosa:
a) Las referencias a cláusulas y anexos concretos lo son a cláusulas y anexos de
este convenio.
b) El singular incluye el plural y viceversa.
c) Las palabras que impliquen género incluyen todos los géneros.
d) La palabra «incluido» se entenderá sin limitación.
Los títulos son solamente informativos y se ignorarán en la interpretación de este
convenio.
Trigésima.
Conflictos.
En caso de que surgiera cualquier discrepancia o conflicto entre las Partes en
relación con la interpretación, modificación, cumplimiento, extinción y efectos que pueda
derivarse del presente convenio, las Partes acuerdan hacer todo lo razonablemente
posible para alcanzar un acuerdo mutuamente satisfactorio en el seno de la Comisión
prevista en la Cláusula decimonovena.
Trigésimo primera.
Legislación aplicable.
31.1 El presente convenio no es constitutivo de tratado internacional, ni de acuerdo
administrativo internacional, ni de acuerdo internacional no normativo y, por tanto, de
acuerdo con la legislación española, su naturaleza es la de un convenio administrativo
que se regirá e interpretará con arreglo a lo dispuesto en los artículos 47 y siguientes de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, sobre Régimen Jurídico del Sector Público.
31.2 Las Partes firmantes acuerdan que, en el caso de que, ante un conflicto o
disputa, no alcanzaran un acuerdo de conformidad con la Cláusula trigésimo anterior, las
materias y conflictos regulados por este convenio que afecten a la relación entre las dos
Partes estarán sujetas a la ley y jurisdicción de España, independientemente de las
relaciones de MIB con terceros para la organización de la Exposición queden sujetas a la
ley y jurisdicción que les corresponda.
Y en prueba de conformidad, las Partes firman este convenio en el lugar y la fecha
que se indican en el encabezado, en dos ejemplares, siendo una copia del mismo para
cada una de dichas Partes.–Por el MNCARS, Manuel Segade Lodeiro.–Por Museos
Puebla, Anel Nochebuena Escobar.
Anexo I: Listado de Obras.
Anexo II: Presupuesto de costes estimado.
Anexo III: Condiciones de préstamo.
ANEXO I
Listado de obras
Patronato: 9-IV-2024.
Exposición: Monocromo. Evocaciones sobre el barroco Arte español del siglo XX en
la colección del MNCARS.
Organizador: Organismo Público Descentralizado Museos de Puebla, Puebla
(México).
cve: BOE-A-2024-14911
Verificable en https://www.boe.es
Este convenio ha sido informado favorablemente por la Abogacía del Estado
Coordinadora del Convenio de Asistencia Jurídica MNCARS-Abogacía General del
Estado con fecha 1 de julio de 2024 y autorizado por la Secretaría General Técnica del
Ministerio de Hacienda con fecha 8 de julio de 2024.
Núm. 174
Viernes 19 de julio de 2024
Vigesimonovena.
Sec. III. Pág. 92468
Interpretación.
En la interpretación de este convenio, y salvo que el contexto requiera otra cosa:
a) Las referencias a cláusulas y anexos concretos lo son a cláusulas y anexos de
este convenio.
b) El singular incluye el plural y viceversa.
c) Las palabras que impliquen género incluyen todos los géneros.
d) La palabra «incluido» se entenderá sin limitación.
Los títulos son solamente informativos y se ignorarán en la interpretación de este
convenio.
Trigésima.
Conflictos.
En caso de que surgiera cualquier discrepancia o conflicto entre las Partes en
relación con la interpretación, modificación, cumplimiento, extinción y efectos que pueda
derivarse del presente convenio, las Partes acuerdan hacer todo lo razonablemente
posible para alcanzar un acuerdo mutuamente satisfactorio en el seno de la Comisión
prevista en la Cláusula decimonovena.
Trigésimo primera.
Legislación aplicable.
31.1 El presente convenio no es constitutivo de tratado internacional, ni de acuerdo
administrativo internacional, ni de acuerdo internacional no normativo y, por tanto, de
acuerdo con la legislación española, su naturaleza es la de un convenio administrativo
que se regirá e interpretará con arreglo a lo dispuesto en los artículos 47 y siguientes de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, sobre Régimen Jurídico del Sector Público.
31.2 Las Partes firmantes acuerdan que, en el caso de que, ante un conflicto o
disputa, no alcanzaran un acuerdo de conformidad con la Cláusula trigésimo anterior, las
materias y conflictos regulados por este convenio que afecten a la relación entre las dos
Partes estarán sujetas a la ley y jurisdicción de España, independientemente de las
relaciones de MIB con terceros para la organización de la Exposición queden sujetas a la
ley y jurisdicción que les corresponda.
Y en prueba de conformidad, las Partes firman este convenio en el lugar y la fecha
que se indican en el encabezado, en dos ejemplares, siendo una copia del mismo para
cada una de dichas Partes.–Por el MNCARS, Manuel Segade Lodeiro.–Por Museos
Puebla, Anel Nochebuena Escobar.
Anexo I: Listado de Obras.
Anexo II: Presupuesto de costes estimado.
Anexo III: Condiciones de préstamo.
ANEXO I
Listado de obras
Patronato: 9-IV-2024.
Exposición: Monocromo. Evocaciones sobre el barroco Arte español del siglo XX en
la colección del MNCARS.
Organizador: Organismo Público Descentralizado Museos de Puebla, Puebla
(México).
cve: BOE-A-2024-14911
Verificable en https://www.boe.es
Este convenio ha sido informado favorablemente por la Abogacía del Estado
Coordinadora del Convenio de Asistencia Jurídica MNCARS-Abogacía General del
Estado con fecha 1 de julio de 2024 y autorizado por la Secretaría General Técnica del
Ministerio de Hacienda con fecha 8 de julio de 2024.