I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE DEFENSA. Deporte. (BOE-A-2024-14835)
Orden DEF/738/2024, de 12 de julio, por la que se aprueba el Plan Integral de la Actividad Física y el Deporte en las Fuerzas Armadas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 174

Viernes 19 de julio de 2024

Sec. I. Pág. 91903

3.º Realización de programas para prevención de lesiones, así como de
recuperación de éstas mediante la adaptación de la actividad física y el seguimiento
profesionalizado.
4.º Apoyo al personal con situaciones, patológicas o sin ellas, y temporales,
adecuando su actividad física.
5.º Apoyo a la práctica deportiva del personal militar con discapacidad y Apto y Útil
con Limitaciones (APL).
6.º Tutelar la correcta implementación de los reconocimientos médicos previos a las
pruebas físicas.
f)

Deporte militar de alto nivel.

El cometido de este área es tutelar el deporte de alto nivel y la correcta
implementación de la Orden PCI/1151/2019, de 26 de noviembre, sobre los militares
deportistas de alto nivel, militares deportistas de alto rendimiento y deportistas militares
destacados.
Se desarrollarán las siguientes líneas de acción:
1.º Coordinar con el Consejo Superior de Deportes y las Consejerías de Deportes
de la Comunidades Autónomas los aspectos administrativos y de gestión del deporte de
alto nivel y alto rendimiento.
2.º Fomentar la incorporación de deportistas de alto nivel y rendimiento a las FAS.
Especialmente, aquellos que practican deportes militares.
3.º Apoyar las líneas de acción del área de comunicación en todo lo relativo al
deporte militar de alto nivel.
4.º Asesorar sobre las subvenciones que el MINISDEF asigne al deporte de alto
nivel o rendimiento.
5.º Proponer acciones para que los militares deportistas de alto nivel contribuyan a
los objetivos del Plan Integral.
Artículo 5. Órganos y autoridades competentes.
1. Los órganos y autoridades responsables en la ejecución de este Plan Integral
serán:

2. Se crean las siguientes comisiones de gestión en sus respectivas áreas de
responsabilidad:
a) Comisión de Evaluación: estará integrada por un representante a designar por
cada uno de los Ejércitos y la Armada y un representante de la Subdirección General de
Reclutamiento y Desarrollo Profesional del Personal Militar y Reservista de Especial
Disponibilidad.

cve: BOE-A-2024-14835
Verificable en https://www.boe.es

a) La persona titular de la Presidencia del Consejo Superior del Deporte Militar, que
será la responsable del impulso y coordinación de las distintas medidas a través del
CSDM.
b) El Mando de Adiestramiento y Doctrina del Ejército de Tierra, la Jefatura de
Personal de la Armada y el Mando de Personal del Ejército del Aire y del Espacio, en su
ámbito de responsabilidad, desarrollarán cuantas acciones estimen oportunas para el
cumplimiento del Plan Integral.
c) Las Juntas Centrales de Educación Física y Deportes de los Ejércitos y la
Armada, la Comisión Permanente y Secretaría General del CSDM, la Subdirección
General de Enseñanza Militar y la Escuela Central de Educación Física, que serán
responsables del desarrollo de las líneas de acción bajo su responsabilidad según la
distribución por áreas que se establece en el artículo 6 de este Plan Integral.