III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-14824)
Resolución de 9 de julio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Iberenova Promociones, SAU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica "FV Cofrentes I", de 154,665 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Ayora, Zarra, Jarafuel, Jalance y Cofrentes (Valencia).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 18 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 91833

artículo 115.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las
actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica.
Iberenova Promociones, SAU (en adelante, el promotor) solicita, con fechas 10, 11
y 17 de mayo de 2023, autorización administrativa previa de las modificaciones
anteriormente descritas, y autorización administrativa de construcción, aportando el
correspondiente proyecto de ejecución y declaración responsable que acredita el
cumplimiento de la normativa que le es de aplicación, conforme al artículo 53.1 de la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, para la instalación fotovoltaica
«FV Cofrentes I», de 154,665 MW de potencia instalada, y para su infraestructura de
evacuación, consistente en las líneas subterráneas a 30 kV, la subestación eléctrica «ST
La Oliva» 30/132 kV, la línea eléctrica de 132 kV entre ST La Oliva y ST Cofrentes
Renovables, la subestación eléctrica «ST Cofrentes Renovables» 400/132 kV y la línea
eléctrica de 400 kV entre ST Cofrentes Renovables y la subestación Cofrentes 400 kV
(REE), en los términos municipales de Ayora, Zarra, Jarafuel, Jalance y Cofrentes, en la
provincia de Valencia.
Asimismo, en el proyecto de ejecución presentado se aplican otras modificaciones al
proyecto por motivos técnicos y administrativos, que consisten en:
– Modificación de los equipos empleados (modelo, potencia y número de los
módulos fotovoltaicos, modelo de inversor y número de power stations), así como
reconfiguración de los circuitos de media tensión a 30 kV, que conlleva una nueva
configuración de planta y una reducción de la potencia.
– Modificación del trazado de la línea de 132 kV, comprendido entre los apoyos n.º51
y n.º57.
– Soterramiento de un tramo de 185 m de la línea eléctrica de 400 kV entre la ST
«Cofrentes Renovables» y la subestación Cofrentes 400 kV (REE).
El expediente ha sido incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en la Comunidad Valenciana y se ha tramitado de conformidad con lo previsto
en los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se
regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, habiéndose
solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y
empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la
instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición del Área de
Infraestructuras de la Diputación Provincial de Valencia; de la Dirección General de
Obras Públicas, Transportes y Movilidad Sostenible de la Consellería de Política
Territorial, Obras Públicas y Movilidad de la Generalitat Valenciana; del Consejo de
Seguridad Nuclear; de Telefónica de España, SAU; de Nedgia, SA; de Enagás
Transporte, SAU y de Iberdrola Generación Nuclear, SAU Se ha dado traslado al
promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad.
Se han recibido contestaciones de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), la
Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad Valenciana de la Dirección
General de Carreteras del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana; de la
Dirección General de Medio Natural y Animal de la Consellería de Medio Ambiente,
Agua, Infraestructuras y Territorio de la Generalitat Valenciana y de la Comisaría de
Aguas de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., en las que se establecen
condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos
organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de
su competencia. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual
expresa su conformidad.
Se ha recibido contestación extemporánea de Red Eléctrica de España, SAU (REE)
que, por un lado, comunica que, debido a la proximidad de la canalización subterránea
de la línea a 400 kV «ST Cofrentes Renovables-ST Cofrentes», con el apoyo 1 de la

cve: BOE-A-2024-14824
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Núm. 173