III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-14823)
Resolución de 5 de julio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Renovalia Guara, SLU, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para el parque Eólico Valiente II, de 88,4 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Gurrea de Gállego, Alcalá de Gurrea, Almudévar, Lupiñén-Ortilla y La Sotonera (Huesca).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 18 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 91827

superficies, técnicas de restauración y especies vegetales a utilizar, así como su
presupuesto y cartografía detallada.
– Se presentará el protocolo que determinará los umbrales admisibles de mortalidad
por especie para la línea aérea de evacuación en los términos de la DIA.
– Respecto a la medida de vigilancia y parada de máquinas, la mayoría de los
organismos aconsejan la instalación desde el inicio del funcionamiento de aquellos
sistemas automáticos, en número y ubicación, que muestren la mayor eficacia en la
prevención de colisiones con los aerogeneradores. Se presentará el detalle de estas
medidas en tanto que deberá especificar el tipo de sistema seleccionado, determinar el
número de dispositivos, su localización y concretar los detalles y especificaciones
técnicas correspondientes.
– Se presentará el plan de gestión correspondiente a las medidas compensatorias
relativas a prácticas agrícolas beneficiosas para las aves esteparias. Se acreditará que
se ha realizado con el acuerdo de la Dirección General Medio Natural y Gestión Forestal.
– El Programa de Vigilancia Ambiental deberá completarse con los aspectos
adicionales que se recogen en el condicionado de la DIA y, en particular, lo indicado en el
apartado iii.
Igualmente, cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y en la
DIA debían estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una
adenda al mismo, con el desglose para la identificación de cada una de las medidas
definidas en la citada DIA, previamente a su aprobación.
A los efectos de la obtención de la presente autorización administrativa previa de las
modificaciones sobre el proyecto y autorización administrativa de construcción del
mismo, con fecha 23 de mayo de 2023, el promotor presenta el «Proyecto Modificado de
Parque Eólico Valiente II en el término municipal de Gurrea de Gállego (provincia de
Huesca)» y el «Modificado al Proyecto de Ejecución de la Línea Aérea de Alta
Tensión 220 kV SET Valiente II-SET Esquedas, en los términos municipales de Gurrea
de Gállego, Alcalá de Gurrea, Almudévar, Lupiñén-Ortilla y La Sotonera (Huesca)», junto
con las separatas para las administraciones públicas, organismos y empresas de servicio
público o de servicios de interés general afectados por la instalación, así como
documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos impuestos en la
declaración de impacto ambiental y en la citada resolución de autorización administrativa
previa, incluyendo declaración responsable en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.
Considerando que, en virtud del artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
formarán parte de la instalación de producción sus infraestructuras de evacuación, que
incluyen la conexión con la red de transporte o de distribución, y en su caso, la
transformación de energía eléctrica.
Conforme a la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados por
el promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación contempla las
siguientes actuaciones:
– Las líneas subterráneas a 30 kV con origen en los centros de transformación de la
planta, hasta la subestación transformadora SET Valiente II 30/220 kV, discurriendo por
el término municipal de Gurrea de Gállego (Huesca).
– La subestación transformadora SET Valiente II 30/220 kV, en Gurrea de Gállego
(Huesca).
– La línea eléctrica mixta aéreo-subterránea a 220 kV entre la SET Valiente II 30/220 kV
y la Subestación Esquedas 220 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU,
discurriendo por los términos municipales de Gurrea de Gállego, Alcalá de Gurrea,
Almudévar, Lupiñén-Ortilla y La Sotonera, en la provincia de Huesca.
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
la autorización administrativa de construcción permite al titular realizar la construcción de
la instalación cumpliendo los requisitos técnicos exigibles.

cve: BOE-A-2024-14823
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Núm. 173