III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-14821)
Resolución de 5 de julio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Fornax Energy, SL, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Fornax II, de 111,32 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Pozuelo de Aragón y Pedrola (Zaragoza).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 173

Jueves 18 de julio de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
14821

Resolución de 5 de julio de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Fornax Energy, SL, autorización
administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de
construcción para la instalación fotovoltaica Fornax II, de 111,32 MW de
potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en los términos
municipales de Pozuelo de Aragón y Pedrola (Zaragoza).

Fornax Energy, SL, solicitó con fecha 13 de junio de 2020, subsanada con fecha 19
de agosto de 2020, autorización administrativa previa, autorización administrativa de
construcción y evaluación de impacto ambiental para la instalación fotovoltaica Fornax II
de 119,75 MW de potencia pico y 117,8 MW de potencia instalada y sus infraestructuras
de evacuación, en los términos municipales de Pozuelo de Aragón y Pedrola, en la
provincia de Zaragoza.
Mediante resolución de 24 de marzo de 2023 de la Dirección General de Política
Energética y Minas, se otorgó a Fornax Energy, SL, autorización administrativa previa
para la instalación fotovoltaica Fornax II, de 119,75 MW de potencia pico y 117,8 MW de
potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de
Pozuelo de Aragón y Pedrola en la provincia de Zaragoza (en adelante, resolución de
autorización administrativa previa), publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 85
de 10 de abril de 2023.
De conformidad con lo dispuesto en la citada resolución de autorización
administrativa previa, sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes
al proyecto establecidos en la Resolución de 19 de mayo de 2022 de la Dirección
General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico, por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental favorable
para el proyecto (en adelante, DIA), publicada en el «Boletín Oficial del Estado»
núm. 128, de 30 de mayo de 2022, para la definición del proyecto de ejecución se debían
llevar a cabo, en particular y entre otras, las siguientes modificaciones:

En consecuencia, en la resolución de autorización administrativa previa del proyecto,
se recogía expresamente que sería necesario obtener autorización administrativa previa
de alguna de las modificaciones propuestas si no se cumpliesen los supuestos del
artículo 115.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las
actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica.
Fornax Energy, SL (en adelante, el promotor), solicita, con fecha 14 de abril de 2023,
autorización administrativa previa respecto de las modificaciones descritas
anteriormente, autorización administrativa de construcción, aportando el correspondiente

cve: BOE-A-2024-14821
Verificable en https://www.boe.es

– El diseño de la planta fotovoltaica se realizará excluyendo ciertas superficies para
la protección de las especies amenazadas, y deberá ser validado por la Dirección
General de medio Natural y Gestión Forestal para la aprobación del proyecto
constructivo.
– El diseño de la planta fotovoltaica se realizará excluyendo superficies de Dominio
Público Hidráulico, zona de policía y zona de flujo preferente.
– Los tendidos eléctricos de 30 kV desde Fornax II y Fornax III hasta la SET
Magallón FV 30/400 kV deberán proyectarse soterrados, o bien compactados con alguno
de los tendidos eléctricos aéreos preexistentes que siguen en paralelo el mismo trazado.