III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-14817)
Resolución de 3 de julio de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Restauración de ecosistemas y retención de sedimentos en el cinturón verde del Mar Menor. Áreas de renaturalización. Proyecto de fases I, II y III".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 173

Jueves 18 de julio de 2024
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Tratamiento de los principales impactos del proyecto.
Suelo, subsuelo y geodiversidad.

Durante la fase de construcción, se podrán producir afecciones como consecuencia
del movimiento de tierras para la ejecución de las infraestructuras y actuaciones
proyectadas. Además, la presencia de maquinaria implica el riesgo inherente de vertidos
accidentales que podrían provocar la contaminación del suelo.
El entorno de actuación presenta un relieve poco accidentado, pero complejo. Según
el modelo de riesgo potencial de erosión laminar y en regueros, en el perímetro de las
actuaciones se estima un valor de pérdida de suelo por lo general bajo o moderado. Sin
embargo, y aunque la pendiente es casi nula, los materiales propios de la zona tienen
tendencia a erosionarse, especialmente durante los periodos de lluvias torrenciales. En
este sentido, el EsIA señala que el proyecto tiene como objetivo la reducción de
caudales máximos durante los episodios de avenidas y riadas, lo que implica una
reducción del riesgo de erosión en el entorno tras la ejecución de este. Por otra parte, el
promotor informa que las actuaciones proyectadas no supondrán una afección negativa
al relieve de las zonas de actuación.
Las tierras extraídas de la excavación de determinadas zonas de actuación como las
charcas de anfibios y áreas de infiltración se reutilizarán en la construcción de ribazos,
caballones, motas y otras infraestructuras hidrológicas, por lo que se llevará a cabo la
reubicación de materiales resultantes de la remodelación fisiográfica en el entorno
próximo de las actuaciones. Las tierras no compensadas, se extenderán a lo largo de la
superficie de la fase I del proyecto, en aquellas zonas en las que por pendiente y
ubicación sea posible. Los materiales a utilizar en las obras procederán de la propia
excavación o de canteras legalmente autorizadas.
El promotor concluye que el impacto global del proyecto sobre el suelo es positivo, ya
que la revegetación de las infraestructuras hidrológicas y la restauración vegetal, en
general, favorecerán su estabilización y descompactación. No obstante, el EsIA recoge
una serie de medidas preventivas y correctoras con la naturaleza de buenas prácticas.
Asimismo, todos los residuos generados, incluidos los residuos peligrosos, serán
gestionados por gestores autorizados de acuerdo con la normativa vigente. Finalizadas
las obras, las zonas afectadas ocupadas temporalmente e instalaciones auxiliares serán
devueltas a su estado original y se procederá a la restauración ambiental y paisajística
de los terrenos afectados.
Dentro del área de actuación, se localiza el Lugar de Interés Geológico (LIG)
«Cabezo Mingote», si bien el EsIA indica que los trabajos previstos en esa zona serán
sólo de restauración vegetal, de modo que no se estima una afección significativa, dado
el carácter de los trabajos y la superficie de ocupación de los mismos.
La Dirección General de Medio Ambiente de la Región de Murcia propone una serie
de medidas generales para la correcta gestión de los residuos generados y la protección
del suelo, las cuales se recogen en el condicionado de la presente resolución.
Hidrología.

La laguna del Mar Menor en su zona sur recibe las aguas de escorrentía procedentes
de las cuencas hidrológicas de Las Matildes, El Beal, barranco de Ponce y la
Carrasquilla, dentro de la demarcación hidrográfica del Segura. En cuanto a masas
subterráneas, la zona de actuación se localiza en gran parte, sobre el acuífero Campo de
Cartagena (070.052), el cual limita con el perímetro del Mar Menor y está declarado «en
riesgo de no alcanzar el buen estado químico» por la elevada presencia de nitratos en su
agua.
Durante las obras, las actuaciones proyectadas pueden alterar el régimen hídrico, así
como suponer la pérdida de la calidad de las aguas debido al aumento de sólidos en
suspensión por los movimientos de tierras y transporte de materiales, así como el vertido
accidental de aceites y combustibles procedentes de la maquinaria.

cve: BOE-A-2024-14817
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