III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Política de empleo. (BOE-A-2024-14810)
Resolución de 15 de julio de 2024, de la Secretaria de Estado de Trabajo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de julio de 2024, por el que se aprueba el Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 18 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 90470
muchos puestos. En estos casos las ofertas pueden llegar a permanecer abiertas
durante bastante tiempo.
Uno de los problemas con que se encuentran los SPE al gestionar las ofertas es que
es muy frecuente que las empresas intenten cubrir sus puestos utilizando varios canales
en paralelo, con objeto de encontrar las mejores candidaturas (ofertándolos a los SPE,
mediante contactos personales, a través de agencias, etc.) Y cuando un puesto ofertado
se acaba cubriendo finalmente a través de alguno de los otros canales, es muy habitual
que no se comunique su cobertura al SPE. Aproximadamente el 80 % de los puestos
ofertados a los SPE se acaban cubriendo a través de la gestión de éstos, mientras que
el 20 % restante se acaba haciendo finalmente a través de otros canales.
También es frecuente que la denominación del puesto que finalmente se cubre no
coincida exactamente con la denominación del puesto que se ofertó, por lo que resulta
difícil determinar con exactitud si uno se corresponde con el otro.
Situaciones de las ofertas de empleo: Las ofertas de empleo pueden encontrarse en
distintas situaciones de gestión excluyentes entre sí, siendo las principales:
– Registrada: No se ha hecho ninguna gestión con la oferta.
– Atendida o emparejada: El SPE ha identificado al menos a una persona que
pudiera ser candidata (creación de la relación demanda-oferta a través de un sondeo,
cita, etc.)
– En casación: Se ha enviado a la empresa al menos a una persona.
– Concluida: Ya no se hace gestión directa con ella y queda con cero puestos
pendientes, pero la persona responsable de la gestión puede volverla a recuperar y
además hay procesos automáticos que siguen haciendo gestión con ella (proceso de
cobertura de puestos descrito más adelante).
– En baja: No se hace ninguna gestión con ella y no se puede recuperar para la
gestión.
Adicionalmente, cualquiera de las anteriores puede estar a la vez:
– En difusión nacional: Son las ofertas puestas en difusión por los SPE en el Portal
del Sistema Nacional de Empleo, que a su vez se difunden en el portal Empléate.
– En difusión regional: Son las ofertas puestas en difusión por los SPE en sus
propios portales.
Relación demanda-oferta: Es la relación que se genera cuando una persona
demandante entra en contacto con una oferta de empleo a través de los SPE. Estas
personas pueden estar en distintas situaciones, entre otras por haber sido:
– Sondeada: El SPE obtiene personas candidatas sondeando las demandas que
cumplen con los requerimientos de la oferta.
– Citada: El SPE la ha citado como paso previo al envío a la empresa, para
comprobar cuestiones relacionadas con su perfil, con su interés por el puesto de trabajo,
etc.
– Enviada: El SPE la envía a la empresa como candidata, quedando pendiente del
resultado. Como hemos indicado antes, muchas veces el resultado no retorna a los SPE.
Colocación de personas demandantes: Es la colocación por cuenta ajena de
demandantes. Se extraen del fichero de colocaciones y se generan como consecuencia
de la comunicación de contratos de trabajo.
A los efectos de las colocaciones tienen la consideración de demandantes aquellas
cuya demanda está en situación administrativa de:
– Alta.
– Suspensión.
– Baja de menos de 6 meses.
cve: BOE-A-2024-14810
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 173
Jueves 18 de julio de 2024
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muchos puestos. En estos casos las ofertas pueden llegar a permanecer abiertas
durante bastante tiempo.
Uno de los problemas con que se encuentran los SPE al gestionar las ofertas es que
es muy frecuente que las empresas intenten cubrir sus puestos utilizando varios canales
en paralelo, con objeto de encontrar las mejores candidaturas (ofertándolos a los SPE,
mediante contactos personales, a través de agencias, etc.) Y cuando un puesto ofertado
se acaba cubriendo finalmente a través de alguno de los otros canales, es muy habitual
que no se comunique su cobertura al SPE. Aproximadamente el 80 % de los puestos
ofertados a los SPE se acaban cubriendo a través de la gestión de éstos, mientras que
el 20 % restante se acaba haciendo finalmente a través de otros canales.
También es frecuente que la denominación del puesto que finalmente se cubre no
coincida exactamente con la denominación del puesto que se ofertó, por lo que resulta
difícil determinar con exactitud si uno se corresponde con el otro.
Situaciones de las ofertas de empleo: Las ofertas de empleo pueden encontrarse en
distintas situaciones de gestión excluyentes entre sí, siendo las principales:
– Registrada: No se ha hecho ninguna gestión con la oferta.
– Atendida o emparejada: El SPE ha identificado al menos a una persona que
pudiera ser candidata (creación de la relación demanda-oferta a través de un sondeo,
cita, etc.)
– En casación: Se ha enviado a la empresa al menos a una persona.
– Concluida: Ya no se hace gestión directa con ella y queda con cero puestos
pendientes, pero la persona responsable de la gestión puede volverla a recuperar y
además hay procesos automáticos que siguen haciendo gestión con ella (proceso de
cobertura de puestos descrito más adelante).
– En baja: No se hace ninguna gestión con ella y no se puede recuperar para la
gestión.
Adicionalmente, cualquiera de las anteriores puede estar a la vez:
– En difusión nacional: Son las ofertas puestas en difusión por los SPE en el Portal
del Sistema Nacional de Empleo, que a su vez se difunden en el portal Empléate.
– En difusión regional: Son las ofertas puestas en difusión por los SPE en sus
propios portales.
Relación demanda-oferta: Es la relación que se genera cuando una persona
demandante entra en contacto con una oferta de empleo a través de los SPE. Estas
personas pueden estar en distintas situaciones, entre otras por haber sido:
– Sondeada: El SPE obtiene personas candidatas sondeando las demandas que
cumplen con los requerimientos de la oferta.
– Citada: El SPE la ha citado como paso previo al envío a la empresa, para
comprobar cuestiones relacionadas con su perfil, con su interés por el puesto de trabajo,
etc.
– Enviada: El SPE la envía a la empresa como candidata, quedando pendiente del
resultado. Como hemos indicado antes, muchas veces el resultado no retorna a los SPE.
Colocación de personas demandantes: Es la colocación por cuenta ajena de
demandantes. Se extraen del fichero de colocaciones y se generan como consecuencia
de la comunicación de contratos de trabajo.
A los efectos de las colocaciones tienen la consideración de demandantes aquellas
cuya demanda está en situación administrativa de:
– Alta.
– Suspensión.
– Baja de menos de 6 meses.
cve: BOE-A-2024-14810
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 173