III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2024-14808)
Resolución de 12 de julio de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por el que se aprueban los Planes de Actuación Plurianuales 2023-2026 del Centro de Referencia Nacional de Conservas Vegetales y del Centro de Referencia Nacional de Ganadería en el ámbito de la formación profesional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 173
Jueves 18 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 90425
– Elaborará material formativo y de metodología que fomente el emprendimiento
entre el profesorado y alumnado.
– Fomentará o sensibilizará la cultura emprendedora del profesorado.
– Fomentará retos de empresas para emprendedores.
– Fomentará la creación de aulas de emprendimiento y viveros de empresas en los
Centros de Formación.
– Creará una sección de emprendimiento en portal web del CRN.
l) El Objetivo 12 dispone la necesidad de diseñar y desarrollar acciones para
fomentar la inserción en procesos de formación dirigidos a sectores de discapacidad, en
riesgo de exclusión laboral y profesiones con escasa representación de mujeres. Para
ello, el CRN:
– Programará acciones formativas innovadoras que mejoren la empleabilidad para
colectivos vulnerables o necesidades especiales.
– Desarrollará acciones dirigidas a empresas e instituciones vinculadas a nuestros
sectores de referencia para fomentar la inclusión laboral de estos colectivos.
– Colaborará con entidades sociales en la puesta en marcha de iniciativas
empresariales de interés social.
– Desarrollará acciones de investigación que promuevan la mejora de la
empleabilidad y el emprendimiento de colectivos vulnerables en el conjunto del Sistema
de la Formación Profesional y más concretamente en el sector de la Ganadería.
– Colaborará con la administración, las entidades sociales, las instituciones
académicas y las empresas para el desarrollo de herramientas adaptadas a personas
con discapacidad para la formación profesional.
– Fomentará la igualdad efectiva de oportunidades entre las personas en el acceso y
desarrollo de su proceso de formación profesional para todo tipo de opciones profesionales,
y la eliminación de la segregación formativa existente entre mujeres y hombres.
Tercera. Evaluación.
1) Cumplimiento cuantitativo de las actuaciones específicas de los Planes de
Trabajo Anuales.
2) Niveles de cumplimiento cualitativo de los objetivos marcados.
3) Conocimiento del CRN en el ámbito de los sectores productivos de su espacio de
actuación, que podrá acreditarse a través de encuestas, impacto en medios de
comunicación, participación del tejido industrial, educativo y profesional en sus actividades.
4) Nivel de difusión de las actividades de investigación e innovadoras.
5) Cumplimiento y aplicación de las subvenciones previstas en la normativa
aplicable, otorgadas por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y
la Comunidad autónoma.
6) Acciones en el ámbito internacional, en su caso, especialmente en los foros
relativos a la formación profesional.
Cuarta.
Aspectos económicos.
El presente convenio se elabora en virtud de lo dispuesto en el artículo 7.3 del Real
Decreto 229/2008, de 15 de febrero, que dispone la aprobación de un Plan de Actuación
Plurianual para cada uno de los Centros de Referencia Nacional. Dicho Plan de
cve: BOE-A-2024-14808
Verificable en https://www.boe.es
Sin perjuicio de la evaluación que debe afrontar todo Centro de Referencia Nacional,
la evaluación del Plan de Actuación Plurianual deberá realizarse una vez finalizado el
plazo de vigencia del mismo, teniendo en cuenta los resultados de los Planes de Trabajo
Anuales, en el plazo de nueve meses desde la finalización del último Plan de Trabajo.
Para la evaluación del Plan de Actuación Plurianual, deberán concretarse, al menos,
los siguientes aspectos, sin perjuicio de los que específicamente se acuerden por las
partes en cada Plan Anual de Trabajo:
Núm. 173
Jueves 18 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 90425
– Elaborará material formativo y de metodología que fomente el emprendimiento
entre el profesorado y alumnado.
– Fomentará o sensibilizará la cultura emprendedora del profesorado.
– Fomentará retos de empresas para emprendedores.
– Fomentará la creación de aulas de emprendimiento y viveros de empresas en los
Centros de Formación.
– Creará una sección de emprendimiento en portal web del CRN.
l) El Objetivo 12 dispone la necesidad de diseñar y desarrollar acciones para
fomentar la inserción en procesos de formación dirigidos a sectores de discapacidad, en
riesgo de exclusión laboral y profesiones con escasa representación de mujeres. Para
ello, el CRN:
– Programará acciones formativas innovadoras que mejoren la empleabilidad para
colectivos vulnerables o necesidades especiales.
– Desarrollará acciones dirigidas a empresas e instituciones vinculadas a nuestros
sectores de referencia para fomentar la inclusión laboral de estos colectivos.
– Colaborará con entidades sociales en la puesta en marcha de iniciativas
empresariales de interés social.
– Desarrollará acciones de investigación que promuevan la mejora de la
empleabilidad y el emprendimiento de colectivos vulnerables en el conjunto del Sistema
de la Formación Profesional y más concretamente en el sector de la Ganadería.
– Colaborará con la administración, las entidades sociales, las instituciones
académicas y las empresas para el desarrollo de herramientas adaptadas a personas
con discapacidad para la formación profesional.
– Fomentará la igualdad efectiva de oportunidades entre las personas en el acceso y
desarrollo de su proceso de formación profesional para todo tipo de opciones profesionales,
y la eliminación de la segregación formativa existente entre mujeres y hombres.
Tercera. Evaluación.
1) Cumplimiento cuantitativo de las actuaciones específicas de los Planes de
Trabajo Anuales.
2) Niveles de cumplimiento cualitativo de los objetivos marcados.
3) Conocimiento del CRN en el ámbito de los sectores productivos de su espacio de
actuación, que podrá acreditarse a través de encuestas, impacto en medios de
comunicación, participación del tejido industrial, educativo y profesional en sus actividades.
4) Nivel de difusión de las actividades de investigación e innovadoras.
5) Cumplimiento y aplicación de las subvenciones previstas en la normativa
aplicable, otorgadas por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y
la Comunidad autónoma.
6) Acciones en el ámbito internacional, en su caso, especialmente en los foros
relativos a la formación profesional.
Cuarta.
Aspectos económicos.
El presente convenio se elabora en virtud de lo dispuesto en el artículo 7.3 del Real
Decreto 229/2008, de 15 de febrero, que dispone la aprobación de un Plan de Actuación
Plurianual para cada uno de los Centros de Referencia Nacional. Dicho Plan de
cve: BOE-A-2024-14808
Verificable en https://www.boe.es
Sin perjuicio de la evaluación que debe afrontar todo Centro de Referencia Nacional,
la evaluación del Plan de Actuación Plurianual deberá realizarse una vez finalizado el
plazo de vigencia del mismo, teniendo en cuenta los resultados de los Planes de Trabajo
Anuales, en el plazo de nueve meses desde la finalización del último Plan de Trabajo.
Para la evaluación del Plan de Actuación Plurianual, deberán concretarse, al menos,
los siguientes aspectos, sin perjuicio de los que específicamente se acuerden por las
partes en cada Plan Anual de Trabajo: