III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Convenios. (BOE-A-2024-14798)
Resolución de 10 de julio de 2024, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas y Peritos Agrícolas de León.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 173

Jueves 18 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 90355

Territorial del Catastro de León (en adelante, Gerencia) y el Colegio Oficial de Ingenieros
Técnicos Agrícolas y Peritos Agrícolas de León (en adelante, Colegio), para el
intercambio de información relativa a los bienes inmuebles.
Por otra parte, se establecen las condiciones para la obtención de la información
gráfica catastral, de acuerdo con lo disponible en la Sede Electrónica del Catastro, que
fuera precisa para la ejecución de los trabajos profesionales de sus colegiados, mediante
acceso por vía telemática.
Asimismo, el convenio prevé compromisos con relación a las actuaciones de
asistencia a los clientes que les formulen el correspondiente encargo profesional para la
confección y presentación de declaraciones catastrales, con utilización del asistente de
declaraciones y el asistente gráfico, en su caso, así como para la obtención del Informe
de Validación Gráfica.
Por último, además, se prevé el desarrollo de las actuaciones dirigidas a facilitar a los
ciudadanos la confección y presentación de las declaraciones catastrales así como la
consulta y certificación de datos catastrales, mediante el establecimiento de Puntos de
Información Catastrales.
Segunda.

Acceso a la información catastral.

La Dirección General del Catastro facilitará la información gráfica catastral, de
acuerdo con lo disponible en la Sede Electrónica del Catastro, que fuera precisa para la
ejecución de los trabajos profesionales, mediante acceso por vía telemática a un servicio
de descarga de la planta general de parcela en formato dxf o por otros servicios web que
pudiera habilitar la Dirección General, de lo que se dará cuenta a la Comisión de
seguimiento, vigilancia y control de este convenio.
Los colegiados, al amparo de este convenio, obtendrán la información necesaria para
el desarrollo de su trabajo profesional a través de medios electrónicos.
El Colegio podrá utilizar dicha documentación para sus publicaciones con
cumplimiento siempre de las previsiones contenidas en los artículos 50 al 54 del texto
refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario y 72 y siguientes del Real
Decreto 417/2006, de 7 de abril, que lo desarrolla. A estos efectos, las condiciones de
utilización de esta cartografía serán las siguientes:

Tercera.

Documentación gráfica de la definición de los bienes inmuebles.

El Colegio pondrá a disposición de la Dirección General del Catastro, por
procedimientos telemáticos, en los formatos digitales que determine ésta y previo
informe de la Comisión de seguimiento, vigilancia y control de este convenio, la
documentación gráfica digital de que disponga de los bienes inmuebles objeto de
trabajos profesionales realizados y con trascendencia en la información catastral, una
vez finalizados los mismos.

cve: BOE-A-2024-14798
Verificable en https://www.boe.es

– Previamente a cada publicación, el Colegio comunicará a la Dirección General el
alcance y contenido de la misma.
– En cada publicación realizada, se incluirá un reconocimiento expreso de la fuente
de esta información. Asimismo, se incluirá en la parte inferior derecha de cada imagen
publicada que utilice cartografía catastral, la expresión «© Dirección General del
Catastro».
– Tres ejemplares de cada publicación en la que sea utilizada información catastral,
serán remitidos gratuitamente a la biblioteca de la Dirección General del Catastro, para
su incorporación a su fondo bibliográfico. Asimismo, en caso de que la publicación sea
electrónica, se enviará un archivo con el documento en formato pdf.
– La Dirección General del Catastro podrá utilizar gratuitamente para el ejercicio de
sus actividades las publicaciones del Colegio, que incluyan información catastral, sin
más limitación que la mención expresa a la fuente de información utilizada.