III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-14716)
Resolución de 8 de julio de 2024, de la Entidad Pública Empresarial Renfe-Operadora, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Universidad Complutense de Madrid, para la realización de prácticas académicas externas curriculares y extracurriculares y trabajos de fin de grado y de fin de máster.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 172
Miércoles 17 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 89998
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
14716
Resolución de 8 de julio de 2024, de la Entidad Pública Empresarial RenfeOperadora, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con
la Universidad Complutense de Madrid, para la realización de prácticas
académicas externas curriculares y extracurriculares y trabajos de fin de
grado y de fin de máster.
Habiendo sido suscrito el pasado 4 de julio la Adenda de Modificación del Convenio
entre la Universidad Complutense de Madrid y Renfe-Operadora, E.P.E, en cumplimiento
de lo establecido en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» de dicha adenda, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 8 de julio de 2024.–El Presidente de la Entidad Pública Empresarial RenfeOperadora, EPE, Raül Blanco Díaz.
ANEXO
Adenda de Modificación del Convenio entre la Universidad Complutense de Madrid
y Renfe-Operadora, EPE, relativo a la realización de prácticas académicas
externas, curriculares y extracurriculares, y trabajos de fin de grado y de fin de
máster en dicha entidad
De una parte, doña María Concepción García Gómez, Vicerrectora de Formación
Permanente, Empleabilidad y Emprendimiento, en representación de la Universidad
Complutense de Madrid (en lo sucesivo, UCM o la Universidad), nombrada por Decreto
Rectoral 37/2023, de 28 de junio, y actuando por delegación del Rector según Decreto
Rectoral 28/2023, de 28 de junio, de establecimiento de los Vicerrectorados de la
Universidad Complutense de Madrid, de delegación de competencias y de diversas
cuestiones de índole organizativo, publicado en el «Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid» el 10 de julio de 2023.
Y de otra parte, don José Lucas Calzado Arija, Director General de Organización y
Talento de RENFE-Operadora, EPE (en adelante, RENFE-Operadora o la Entidad
Colaboradora), entidad con NIF Q-2801659J y domicilio legal y a los efectos del presente
Convenio en la avenida de Pío XII, 110, 28036 de Madrid. Interviene en el presente acto
en nombre y representación de RENFE-Operadora, en virtud de su nombramiento como
Director General de Organización y Talento, mediante Resolución del Presidente de la
entidad de fecha 7 de febrero de 2024 y en el ejercicio de las competencias que tiene
atribuidas en virtud del apartado primero de la Resolución de 16 de enero de 2024, de la
Entidad Pública Empresarial Renfe-Operadora, sobre delegación de competencias (BOE
núm. 38, de 13 de febrero de 2024).
La UCM y RENFE-Operadora, que en lo sucesivo también serán denominadas
individualmente como la Parte y conjuntamente como las Partes, en la representación
con la que intervienen, se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir la
presente adenda y, a tal efecto,
cve: BOE-A-2024-14716
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 4 de julio de 2024.
Núm. 172
Miércoles 17 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 89998
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
14716
Resolución de 8 de julio de 2024, de la Entidad Pública Empresarial RenfeOperadora, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con
la Universidad Complutense de Madrid, para la realización de prácticas
académicas externas curriculares y extracurriculares y trabajos de fin de
grado y de fin de máster.
Habiendo sido suscrito el pasado 4 de julio la Adenda de Modificación del Convenio
entre la Universidad Complutense de Madrid y Renfe-Operadora, E.P.E, en cumplimiento
de lo establecido en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» de dicha adenda, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 8 de julio de 2024.–El Presidente de la Entidad Pública Empresarial RenfeOperadora, EPE, Raül Blanco Díaz.
ANEXO
Adenda de Modificación del Convenio entre la Universidad Complutense de Madrid
y Renfe-Operadora, EPE, relativo a la realización de prácticas académicas
externas, curriculares y extracurriculares, y trabajos de fin de grado y de fin de
máster en dicha entidad
De una parte, doña María Concepción García Gómez, Vicerrectora de Formación
Permanente, Empleabilidad y Emprendimiento, en representación de la Universidad
Complutense de Madrid (en lo sucesivo, UCM o la Universidad), nombrada por Decreto
Rectoral 37/2023, de 28 de junio, y actuando por delegación del Rector según Decreto
Rectoral 28/2023, de 28 de junio, de establecimiento de los Vicerrectorados de la
Universidad Complutense de Madrid, de delegación de competencias y de diversas
cuestiones de índole organizativo, publicado en el «Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid» el 10 de julio de 2023.
Y de otra parte, don José Lucas Calzado Arija, Director General de Organización y
Talento de RENFE-Operadora, EPE (en adelante, RENFE-Operadora o la Entidad
Colaboradora), entidad con NIF Q-2801659J y domicilio legal y a los efectos del presente
Convenio en la avenida de Pío XII, 110, 28036 de Madrid. Interviene en el presente acto
en nombre y representación de RENFE-Operadora, en virtud de su nombramiento como
Director General de Organización y Talento, mediante Resolución del Presidente de la
entidad de fecha 7 de febrero de 2024 y en el ejercicio de las competencias que tiene
atribuidas en virtud del apartado primero de la Resolución de 16 de enero de 2024, de la
Entidad Pública Empresarial Renfe-Operadora, sobre delegación de competencias (BOE
núm. 38, de 13 de febrero de 2024).
La UCM y RENFE-Operadora, que en lo sucesivo también serán denominadas
individualmente como la Parte y conjuntamente como las Partes, en la representación
con la que intervienen, se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir la
presente adenda y, a tal efecto,
cve: BOE-A-2024-14716
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 4 de julio de 2024.