III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Ayudas. (BOE-A-2024-14723)
Resolución de 4 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se aprueba la convocatoria para la selección de operaciones en el marco del Programa de Inclusión Social, Garantía Infantil y Lucha contra la Pobreza, cofinanciado con el Fondo Social Europeo Plus (FSE+).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 172
Miércoles 17 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 90069
Criterio 14. Personal y recursos dedicados a la ejecución de la operación
propuesta: dotación de profesionales; cualificación y experiencia, así como adecuación
de los demás recursos puestos a disposición.
Criterio 15. Extensión y diversidad de los territorios en los que se propone actuar.
Criterio 16. Aplicación de la perspectiva de género en la definición del plan del
trabajo, y el contenido técnico de las actividades, así como en la ejecución, seguimiento
y evaluación de la operación.
Criterio 17. Eficiencia en el uso de los recursos y adecuación del presupuesto con
relación a las actividades propuestas, así como el grado de definición del mismo (tipos
de gastos). Adecuación de la opción de costes simplificados a la propuesta.
Criterio 18. Viabilidad técnica de las operaciones.
Bloque 3. Referidos al impacto potencial de la operación
(se valorará con un máximo de 25 puntos)
Criterio 19.
Impacto previsto sobre las personas participantes y su entorno.
Criterio 20. Potencial de transferencia a otros ámbitos o a políticas generales de la
metodología o actividad propuesta, prestando especial atención a las disposiciones
adoptadas por la entidad promotora en previsión de tal transferencia.
Criterio 21. Medidas o acciones de información y comunicación vinculadas a la
operación misma, más allá de las exigencias reglamentarias, con el propósito de
garantizar el máximo nivel de transparencia y reforzar la visibilidad del Fondo Social
Europeo+.
Criterio 22. Carácter innovador respecto a los objetivos, los procesos, los
destinatarios, la metodología u otros aspectos de la operación, conforme a lo establecido
en el artículo 14 del RFSE+.
Bloque 4. Referido a la capacidad de gestión del beneficiario FSE+ (se valorará con
un máximo de 20 puntos).
Criterio 23. Experiencia en proyectos relacionados con el objeto de la convocatoria
(de inserción sociolaboral, integración, etc.) de ámbito nacional, autonómico, local y/o
europeo, así como haber diseñado y ejecutado proyectos que hubieran sido declarados
«Buena Práctica» a escala regional, nacional o europea.
Criterio 24. Cualificación profesional y experiencia del personal de gestión.
Criterio 25. Calidad de los sistemas de control del gasto, prevención del riesgo y
gestión administrativa y de RR. HH. (Certificados ISO y Planes de Igualdad, entre otros).
Criterio 26. Fiabilidad del sistema de recogida y comunicación de datos de
participantes, indicadores de ejecución y resultados, seguimiento y evaluación de la
actuación propuesta.
Criterio 27. Capacidad para llevar a cabo un seguimiento de resultados a largo plazo,
ejecutar planes de evaluación y verificar la sostenibilidad de los resultados y su impacto.
Criterio 28. Cualificación profesional y experiencia del equipo de comunicación y
difusión.
Criterio 29. Capacidad financiera y patrimonial para garantizar la solvencia, así
como la financiación obtenida de otras instituciones y su capacidad para movilizar
recursos de otros entes públicos y/o privados, garantizando la cofinanciación en la
ejecución de la operación.
cve: BOE-A-2024-14723
Verificable en https://www.boe.es
Subcriterio 19.01 Impacto sobre los participantes directos.
Subcriterio 19.02 Número de participantes de la propuesta en relación con el coste total.
Subcriterio 19.03 Resultados previstos en relación con la inversión realizada.
Subcriterio 19.04 Impacto sobre colectivos desfavorecidos.
Subcriterio 19.05 Impacto previsto en el entorno.
Subcriterio 19.06 Impacto en la reducción de la brecha de género.
Subcriterio 19.07 Valoración adicional sobre la distribución que garantice una mejor
cobertura de los proyectos en el territorio de actuación.
Núm. 172
Miércoles 17 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 90069
Criterio 14. Personal y recursos dedicados a la ejecución de la operación
propuesta: dotación de profesionales; cualificación y experiencia, así como adecuación
de los demás recursos puestos a disposición.
Criterio 15. Extensión y diversidad de los territorios en los que se propone actuar.
Criterio 16. Aplicación de la perspectiva de género en la definición del plan del
trabajo, y el contenido técnico de las actividades, así como en la ejecución, seguimiento
y evaluación de la operación.
Criterio 17. Eficiencia en el uso de los recursos y adecuación del presupuesto con
relación a las actividades propuestas, así como el grado de definición del mismo (tipos
de gastos). Adecuación de la opción de costes simplificados a la propuesta.
Criterio 18. Viabilidad técnica de las operaciones.
Bloque 3. Referidos al impacto potencial de la operación
(se valorará con un máximo de 25 puntos)
Criterio 19.
Impacto previsto sobre las personas participantes y su entorno.
Criterio 20. Potencial de transferencia a otros ámbitos o a políticas generales de la
metodología o actividad propuesta, prestando especial atención a las disposiciones
adoptadas por la entidad promotora en previsión de tal transferencia.
Criterio 21. Medidas o acciones de información y comunicación vinculadas a la
operación misma, más allá de las exigencias reglamentarias, con el propósito de
garantizar el máximo nivel de transparencia y reforzar la visibilidad del Fondo Social
Europeo+.
Criterio 22. Carácter innovador respecto a los objetivos, los procesos, los
destinatarios, la metodología u otros aspectos de la operación, conforme a lo establecido
en el artículo 14 del RFSE+.
Bloque 4. Referido a la capacidad de gestión del beneficiario FSE+ (se valorará con
un máximo de 20 puntos).
Criterio 23. Experiencia en proyectos relacionados con el objeto de la convocatoria
(de inserción sociolaboral, integración, etc.) de ámbito nacional, autonómico, local y/o
europeo, así como haber diseñado y ejecutado proyectos que hubieran sido declarados
«Buena Práctica» a escala regional, nacional o europea.
Criterio 24. Cualificación profesional y experiencia del personal de gestión.
Criterio 25. Calidad de los sistemas de control del gasto, prevención del riesgo y
gestión administrativa y de RR. HH. (Certificados ISO y Planes de Igualdad, entre otros).
Criterio 26. Fiabilidad del sistema de recogida y comunicación de datos de
participantes, indicadores de ejecución y resultados, seguimiento y evaluación de la
actuación propuesta.
Criterio 27. Capacidad para llevar a cabo un seguimiento de resultados a largo plazo,
ejecutar planes de evaluación y verificar la sostenibilidad de los resultados y su impacto.
Criterio 28. Cualificación profesional y experiencia del equipo de comunicación y
difusión.
Criterio 29. Capacidad financiera y patrimonial para garantizar la solvencia, así
como la financiación obtenida de otras instituciones y su capacidad para movilizar
recursos de otros entes públicos y/o privados, garantizando la cofinanciación en la
ejecución de la operación.
cve: BOE-A-2024-14723
Verificable en https://www.boe.es
Subcriterio 19.01 Impacto sobre los participantes directos.
Subcriterio 19.02 Número de participantes de la propuesta en relación con el coste total.
Subcriterio 19.03 Resultados previstos en relación con la inversión realizada.
Subcriterio 19.04 Impacto sobre colectivos desfavorecidos.
Subcriterio 19.05 Impacto previsto en el entorno.
Subcriterio 19.06 Impacto en la reducción de la brecha de género.
Subcriterio 19.07 Valoración adicional sobre la distribución que garantice una mejor
cobertura de los proyectos en el territorio de actuación.