III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2024-14615)
Resolución de 9 de julio de 2024, del Organismo Autónomo Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Valladolid, para la realización de prácticas externas en materia de cooperación educativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 16 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 89397

Intervienen en función de sus respectivos cargos, que han quedado expresados, y en
el ejercicio de las facultades que a cada uno le están conferidas, por lo que se reconocen
capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio y a tal efecto
EXPONEN
Que la UVA es una institución destinada al servicio público de la educación superior,
donde la investigación y la innovación tecnológica constituyen uno de sus pilares
fundamentales. Por ello, la UVA colabora estrechamente con la comunidad científica y
participa en programas para el intercambio de docentes y alumnos.
Que la AESAN O.A. integra y desempeña en el marco competencial de la
Administración General del Estado las funciones relacionadas con la seguridad
alimentaria y la nutrición saludable y asume entre sus competencias la de promover
acciones de formación, información y educación: formación dentro de la que cabe incluir
la de universitarios en las áreas operativas empresariales, con objeto de que estos
completen sus conocimientos y experiencias, de manera que puedan alcanzar una
síntesis más personalizada y completa de su educación universitaria, de cara al mejor
desempeño de su trabajo profesional.
Por ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio con sujeción a las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es la colaboración entre la AESAN O.A. y la UVA para
complementar el proyecto formativo, a realizar por los alumnos de esta última mediante un
programa de prácticas externas vinculado a enseñanzas impartidas por la UVA.
El proyecto formativo objeto de la práctica a realizar por el estudiante durante su
periodo de prácticas en la AESAN O.A. consistirá en el estudio y el desarrollo de
conocimientos, destrezas y habilidades relacionadas con las competencias que esta
tiene atribuidas en sus estatutos, y que están relacionadas con la gestión de la seguridad
alimentaria y la promoción de la nutrición saludable, estando sujeto a variación
dependiendo de la unidad a la que finalmente sea destinado el alumno.
Segunda. Compromisos de la AESAN O.A.
La AESAN O.A. asume los siguientes compromisos:
1. Recibirá a alumnos de la UVA para su formación durante un período mínimo de
tres meses, prorrogable de mutuo acuerdo hasta un máximo total de nueve meses, en
las fechas que se acuerden conjuntamente y previa petición de la Universidad de
Valladolid. El número máximo de alumnos que podrá realizar las prácticas de forma
simultánea en la AESAN O.A. será de tres.
2. Se responsabilizará de la formación de los alumnos durante su estancia y
designará para cada uno de ellos un responsable que actuará como tutora o tutor de
prácticas y que mantendrá las relaciones con el estudiante. Será también responsable de
garantizar la adecuada formación, la acogida y la buena gestión de la actividad educativa
objeto de este convenio.
3. Comunicará a la UVA las unidades concretas a las que se podrían incorporar
para su formación, en función de su disponibilidad, y el horario en el que se realizarán
las prácticas, y ello antes de la incorporación de los alumnos a la AESAN O.A.
La AESAN O.A. no adquirirá otras obligaciones ni compromisos que los que este
documento refleja. En particular, no derivará obligación alguna de contrato laboral, al
carecer de esta condición la relación que se establece. La AESAN O.A. no estará

cve: BOE-A-2024-14615
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Núm. 171