III. Otras disposiciones. BANCO DE ESPAÑA. Convenios. (BOE-A-2024-14619)
Resolución de 9 de julio de 2024, del Banco de España, por la que se publica el Convenio con la Fundación Centro de Estudios Monetarios y Financieros, para la realización de prácticas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 171

Martes 16 de julio de 2024
6.

Sec. III. Pág. 89508

Desarrollo de las prácticas.

(i) Los horarios de realización de las prácticas en el Banco de España de los
participantes en el programa de prácticas externas se establecerán de acuerdo con las
características de las prácticas y la disponibilidad del Banco de España. Estos horarios
serán compatibles con las actividades académicas y formativas derivadas de sus
estudios en CEMFI, así como de representación y participación de los estudiantes.
(ii) El régimen de permisos de los participantes en el programa de prácticas externas
será consensuado por los tutores de CEMFI y el Banco de España con respeto en todo
caso a los permisos a los que estos tengan derecho conforme a la normativa vigente.
(iii) Los participantes en el programa de prácticas externas cumplirán con las horas
de dedicación pactadas; las normas internas de funcionamiento, organización, seguridad
(incluyendo la seguridad informática) y prevención de riesgos laborales del Banco de
España; y deberán seguir las indicaciones del tutor designado por el Banco de España.
Asimismo, los participantes en el programa de prácticas externas realizarán sus taras
con la diligencia debida, y mantendrán absoluta reserva, secreto y confidencialidad,
durante las prácticas y una vez finalizadas estas, sobre los acontecimientos y la
información a los que tengan acceso durante el desarrollo del programa de prácticas
externas.
CEMFI deberá poner en conocimiento de los participantes en el programa de prácticas
externas los compromisos y obligaciones mencionados y estos firmarán un documento
que les entregará el Banco de España su primer día de prácticas, expresando su
conformidad con el mismo, que desarrollará este punto en sentido más amplio.
(iv) Sin perjuicio de la facultad del Banco de España de finalizar anticipadamente el
periodo de prácticas, podrá exigir al alumno las responsabilidades correspondientes en
caso de inobservancia por su parte de los deberes de secreto y confidencialidad o de las
normas de funcionamiento, seguridad (incluyendo la seguridad informática), prevención
de riesgos laborales y organización interna del Banco de España.
(v) Los participantes en el programa de prácticas externas serán considerados
durante la realización de la práctica profesional, como estudiantes de CEMFI, por lo que
dependerán académicamente del centro a todos los efectos.
7.

Seguro de responsabilidad civil y de accidentes.

Todos los alumnos de CEMFI que realicen prácticas en el Banco de España estarán
cubiertos por un seguro de responsabilidad civil suscrito por CEMFI y por un seguro de
accidentes.
8. Ayuda al estudio.
Las prácticas, aun siendo actividad formativa, podrán tener una dotación económica
en concepto de bolsa o ayuda al estudio abonable mediante transferencia a cargo de
CEMFI. En ningún caso dicha ayuda tendrá la consideración de remuneración o nómina
por la actividad desarrollada, al no existir relación laboral.
Derechos y obligaciones de los participantes.

(i) Durante la realización de las prácticas académicas externas serán de aplicación
los derechos y obligaciones que establece el artículo 9 del Real Decreto 592/2014.
(ii) Los participantes se comprometerán por escrito a: (a) respetar las normas de
funcionamiento, seguridad (incluyendo la seguridad informática) y prevención de riesgos
laborales del Banco de España; (b) guardar secreto sobre los datos de carácter personal
a los que pudieran tener acceso en la realización de las prácticas; y confidencialidad en
relación con toda la información no pública del Banco de España, tanto durante la
estancia como una vez finalizada esta.

cve: BOE-A-2024-14619
Verificable en https://www.boe.es

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