III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Sistema gasista. (BOE-A-2024-14622)
Resolución de 5 de julio de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se calcula el saldo de la cuenta regulatoria del gestor técnico del sistema gasista al cierre de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 171
Martes 16 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 89519
técnico el GTS concluye que la estrategia más adecuada es modernizar la arquitectura
del sistema, actualizar los componentes fuera de soporte y realizar una reingeniería de
software del SL-ATR.
B.
Valoración de los requisitos del artículo 9 de la Circular 1/2020.
Según el artículo 9 de la Circular 1/2020, los costes que se recuperan con cargo a la
cuenta regulatoria deben cumplir los siguientes requisitos:
– Corresponderse con nuevas obligaciones atribuidas por reglamentos europeos o
regulación nacional, así como nuevos proyectos europeos de importancia e interés para
el sistema gasista.
– Ser prudentes e incurridos con criterios de eficiencia económica.
– Haber sido justificados con soporte documental.
– Ser adicionales a los que están incluidos en la base de retribución.
– No incluir márgenes ni costes indirectos.
Sobre los proyectos, el gestor técnico del sistema aporta una descripción y
justificación detallada de cada uno, incluyendo su importe, y asociándolo a la normativa
que le obliga a incurrir en ellos.
En el caso del proyecto «POC SL-ATR 3.0» que, según explica el GTS está
relacionado con el plan de migración del sistema, se ha tenido adicionalmente en cuenta
el escrito del GTS presentado el 29 de abril de 2022(2) en el registro de la CNMC, en el
que se indica dentro de las razones aportadas para acometer la renovación del SL-ATR,
el incremento de exigencias en la normativa europea en materia de ciberseguridad,
especialmente en contextos de crisis energética.
Con relación al proyecto «Oficina técnica de producto SL-ATR», en las alegaciones
se expone la justificación del GTS para la inclusión del importe incurrido con cargo a la
cuenta regulatoria. El GTS explica que no se trata de una reorganización interna que
implique la creación de un departamento, sino que el alcance del proyecto son las tareas
y proyectos encomendados por la Oficina de Producto en aras de modernizar el SL-ATR.
De acuerdo con el GTS, su objetivo es la realización de una serie de trabajos para
identificar las carencias y necesidades en la aplicación de las mejores prácticas de
desarrollo de software y operaciones TI y la elaboración de una hoja de ruta que permita
implantar este modelo de trabajo en los proyectos relacionados con el SL-ATR. Como
indica el GTS, esto permitirá minimizar las amenazas de ciberseguridad e incorporar
nuevas tecnologías previniendo la obsolescencia tecnológica y garantizando que el SLATR pueda prepararse para afrontar futuros desafíos.
En el envío de fecha 11 de abril de 2024, el gestor técnico del sistema aporta
facturas como soporte documental para los costes de 2023. Estas facturas
muestran quién es el proveedor y el importe incurrido. Además, como en ocasiones
su descripción no permite relacionar la factura con el proyecto correspondiente, el
gestor envía adicionalmente una justificación firmada por los proveedores
asociando cada factura a un proyecto de forma unívoca, salvo para el proveedor
[*****]. No obstante, en respuesta al oficio de petición de información se recibe una
justificación para el reconocimiento de los costes de este proveedor, que se da por
cve: BOE-A-2024-14622
Verificable en https://www.boe.es
(2)
Escrito referenciado en la Memoria explicativa de la resolución por la que se establece la cuantía de
retribución del gestor técnico del sistema para 2023 y para el año de gas 2024, así como la cuota para la
financiación del año 2023 (RAP/DE/005/22), y en la Memoria explicativa de la Circular 2/2023, de 28 de
febrero, por la que se modifica la Circular 1/2020, de 9 de enero, por la que se establece la metodología de
retribución del Gestor Técnico del Sistema Gasista (CIR/DE/002/22).
Núm. 171
Martes 16 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 89519
técnico el GTS concluye que la estrategia más adecuada es modernizar la arquitectura
del sistema, actualizar los componentes fuera de soporte y realizar una reingeniería de
software del SL-ATR.
B.
Valoración de los requisitos del artículo 9 de la Circular 1/2020.
Según el artículo 9 de la Circular 1/2020, los costes que se recuperan con cargo a la
cuenta regulatoria deben cumplir los siguientes requisitos:
– Corresponderse con nuevas obligaciones atribuidas por reglamentos europeos o
regulación nacional, así como nuevos proyectos europeos de importancia e interés para
el sistema gasista.
– Ser prudentes e incurridos con criterios de eficiencia económica.
– Haber sido justificados con soporte documental.
– Ser adicionales a los que están incluidos en la base de retribución.
– No incluir márgenes ni costes indirectos.
Sobre los proyectos, el gestor técnico del sistema aporta una descripción y
justificación detallada de cada uno, incluyendo su importe, y asociándolo a la normativa
que le obliga a incurrir en ellos.
En el caso del proyecto «POC SL-ATR 3.0» que, según explica el GTS está
relacionado con el plan de migración del sistema, se ha tenido adicionalmente en cuenta
el escrito del GTS presentado el 29 de abril de 2022(2) en el registro de la CNMC, en el
que se indica dentro de las razones aportadas para acometer la renovación del SL-ATR,
el incremento de exigencias en la normativa europea en materia de ciberseguridad,
especialmente en contextos de crisis energética.
Con relación al proyecto «Oficina técnica de producto SL-ATR», en las alegaciones
se expone la justificación del GTS para la inclusión del importe incurrido con cargo a la
cuenta regulatoria. El GTS explica que no se trata de una reorganización interna que
implique la creación de un departamento, sino que el alcance del proyecto son las tareas
y proyectos encomendados por la Oficina de Producto en aras de modernizar el SL-ATR.
De acuerdo con el GTS, su objetivo es la realización de una serie de trabajos para
identificar las carencias y necesidades en la aplicación de las mejores prácticas de
desarrollo de software y operaciones TI y la elaboración de una hoja de ruta que permita
implantar este modelo de trabajo en los proyectos relacionados con el SL-ATR. Como
indica el GTS, esto permitirá minimizar las amenazas de ciberseguridad e incorporar
nuevas tecnologías previniendo la obsolescencia tecnológica y garantizando que el SLATR pueda prepararse para afrontar futuros desafíos.
En el envío de fecha 11 de abril de 2024, el gestor técnico del sistema aporta
facturas como soporte documental para los costes de 2023. Estas facturas
muestran quién es el proveedor y el importe incurrido. Además, como en ocasiones
su descripción no permite relacionar la factura con el proyecto correspondiente, el
gestor envía adicionalmente una justificación firmada por los proveedores
asociando cada factura a un proyecto de forma unívoca, salvo para el proveedor
[*****]. No obstante, en respuesta al oficio de petición de información se recibe una
justificación para el reconocimiento de los costes de este proveedor, que se da por
cve: BOE-A-2024-14622
Verificable en https://www.boe.es
(2)
Escrito referenciado en la Memoria explicativa de la resolución por la que se establece la cuantía de
retribución del gestor técnico del sistema para 2023 y para el año de gas 2024, así como la cuota para la
financiación del año 2023 (RAP/DE/005/22), y en la Memoria explicativa de la Circular 2/2023, de 28 de
febrero, por la que se modifica la Circular 1/2020, de 9 de enero, por la que se establece la metodología de
retribución del Gestor Técnico del Sistema Gasista (CIR/DE/002/22).