III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Subvenciones. (BOE-A-2024-14611)
Orden TRM/729/2024, de 30 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones de ENAIRE destinadas al desarrollo de actividades de inserción laboral y de creación de empleo de personas con discapacidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 171

Martes 16 de julio de 2024
Artículo 24.

Sec. III. Pág. 89378

Incumplimiento, reintegro y graduación de los incumplimientos.

1. La participación en la convocatoria implica necesariamente la aceptación de las
Bases.
2. Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de
demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en
que se acuerde la procedencia del reintegro, o la fecha en que el deudor ingrese el
reintegro si es anterior a ésta, en los casos establecidos en el artículo 37.1 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
3. Cuando el cumplimiento por la entidad beneficiaria o, en su caso, entidad
colaboradora se aproxime de modo significativo al cumplimiento total y se acredite por
éstos una actuación inequívocamente tendente a la satisfacción de sus compromisos, la
cantidad a reintegrar vendrá determinada por el siguiente criterio:
a) Causas de fuerza mayor que impidan la realización de la actividad para la que se
concedió la subvención, o que pudieran impedir el cumplimiento de la obligación de
justificación en el plazo legalmente establecido.
b) Incumplimiento del plazo de ejecución de la actividad sin haberse autorizado la
prórroga, conllevará el reintegro del veinte por ciento, excepto en aquellos supuestos que
no sean susceptibles de prórroga por la propia naturaleza de la actividad, en los que
procederá el reintegro total.
c) En el caso de incumplimiento parcial, inferior al veinte por ciento del total, y
siempre que exista por la entidad beneficiaria una actuación inequívocamente tendente
al cumplimiento de sus compromisos, sólo llevará aparejada la obligación de reintegro de
las ayudas en una proporción equivalente a dicho incumplimiento.
4. Igualmente, en el supuesto contemplado en el apartado 3 del artículo 19 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, procederá el reintegro del exceso obtenido sobre el
coste de la actividad subvencionada, así como la exigencia del interés de demora
correspondiente.
Artículo 25.

Derechos de propiedad industrial e intelectual.

ENAIRE renuncia expresa y formalmente a cuantos derechos de propiedad industrial
e intelectual pudieran generarse como consecuencia de la ejecución de los proyectos
que resulten seleccionados.
Protección de datos de carácter personal.

ENAIRE y las entidades beneficiarias se comprometen a mantener estricta
confidencialidad respecto al tratamiento de datos e informaciones de carácter personal a
los que las partes pudieran tener acceso como consecuencia de la concesión de la
ayuda publicada. En este sentido las partes se obligan al cumplimiento de todo aquello
que establece el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos,
comprometiéndose a que en caso de cesión de datos de carácter personal, vendrán
obligados a obtener del interesado el correspondiente consentimiento previo, informado
e inequívoco.
Con independencia de lo anterior, la parte que, en su caso, tuviera acceso a dichos
datos asumiría las siguientes obligaciones:
a) No aplicar o utilizar los datos personales para fines distintos a los que figuren en
la convocatoria, ni cederlos ni siquiera para su conservación a otras personas.
b) Guardar secreto profesional respecto de estos, aun después de finalizar el
proceso de justificación.
c) Cumplir en todo momento con las prescripciones establecidas por la legislación
vigente en materia de protección de datos y trasladar las obligaciones citadas en los

cve: BOE-A-2024-14611
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Artículo 26.