I. Disposiciones generales. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN. Presupuestos. (BOE-A-2024-14547)
Ley 5/2024, de 9 de mayo, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 171
Martes 16 de julio de 2024
Sec. I. Pág. 89123
Contabilidad de la Intervención General no les serán de aplicación las limitaciones
establecidas en el artículo 123.2 de la Ley 2/2006 de 3 de mayo, de la Hacienda y del
Sector Público de la Comunidad de Castilla y León, correspondiendo a la Junta de
Castilla y León su autorización cuando se produzcan los supuestos previstos en dicho
apartado.
Dos.
Modificaciones presupuestarias.
La Consejería de Economía y Hacienda determinará cuáles de las modificaciones
presupuestarias realizadas hasta la entrada en vigor de la presente Ley tendrán
efectividad en los Presupuestos Generales de la Comunidad para el año 2024. Las
modificaciones se aplicarán según la estructura presupuestaria incorporada a los
estados de ingresos y gastos de esta Ley.
Disposición final primera.
Normas supletorias.
En todas aquellas materias no reguladas en la presente ley, y en tanto no existan
normas propias, será de aplicación supletoria la normativa estatal, y en aquello que
pudiere ser aplicable, la Ley de Presupuestos Generales del Estado en vigor y la
Ley 47/2003, de 26 de noviembre.
Disposición final segunda.
Desarrollo de la ley.
Se autoriza a la Junta de Castilla y León para que, a propuesta de la persona titular
de la consejería competente en materia de hacienda, dicte las disposiciones necesarias
para el desarrollo y ejecución de cuanto se establece en esta ley.
Disposición final tercera.
Vigencia de la ley.
La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial de Castilla y León».
Por lo tanto, mando a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley la
cumplan, y a todos los Tribunales y Autoridades que corresponda que la hagan cumplir.
Valladolid, 9 de mayo de 2024.–El Presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso
Fernández Mañueco.
(Publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León» número 92/2024, de 14 de mayo de 2024)
Estado de Ingresos (euros)
Descripción
1
IMPUESTOS DIRECTOS.
10
SOBRE LA RENTA.
100
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS
FÍSICAS.
1000
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS
FÍSICAS.
10000
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS
FÍSICAS.
11
SOBRE EL CAPITAL.
110
IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES.
1100
IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES.
11000
IMPUESTOS SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES.
Capítulo
Artículo
Concepto
Subconcepto
Partida
3.210.675.680
2.953.391.580
2.953.391.580
2.953.391.580
2.953.391.580
257.284.100
189.325.000
189.325.000
189.325.000
cve: BOE-A-2024-14547
Verificable en https://www.boe.es
COD.
Núm. 171
Martes 16 de julio de 2024
Sec. I. Pág. 89123
Contabilidad de la Intervención General no les serán de aplicación las limitaciones
establecidas en el artículo 123.2 de la Ley 2/2006 de 3 de mayo, de la Hacienda y del
Sector Público de la Comunidad de Castilla y León, correspondiendo a la Junta de
Castilla y León su autorización cuando se produzcan los supuestos previstos en dicho
apartado.
Dos.
Modificaciones presupuestarias.
La Consejería de Economía y Hacienda determinará cuáles de las modificaciones
presupuestarias realizadas hasta la entrada en vigor de la presente Ley tendrán
efectividad en los Presupuestos Generales de la Comunidad para el año 2024. Las
modificaciones se aplicarán según la estructura presupuestaria incorporada a los
estados de ingresos y gastos de esta Ley.
Disposición final primera.
Normas supletorias.
En todas aquellas materias no reguladas en la presente ley, y en tanto no existan
normas propias, será de aplicación supletoria la normativa estatal, y en aquello que
pudiere ser aplicable, la Ley de Presupuestos Generales del Estado en vigor y la
Ley 47/2003, de 26 de noviembre.
Disposición final segunda.
Desarrollo de la ley.
Se autoriza a la Junta de Castilla y León para que, a propuesta de la persona titular
de la consejería competente en materia de hacienda, dicte las disposiciones necesarias
para el desarrollo y ejecución de cuanto se establece en esta ley.
Disposición final tercera.
Vigencia de la ley.
La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial de Castilla y León».
Por lo tanto, mando a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley la
cumplan, y a todos los Tribunales y Autoridades que corresponda que la hagan cumplir.
Valladolid, 9 de mayo de 2024.–El Presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso
Fernández Mañueco.
(Publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León» número 92/2024, de 14 de mayo de 2024)
Estado de Ingresos (euros)
Descripción
1
IMPUESTOS DIRECTOS.
10
SOBRE LA RENTA.
100
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS
FÍSICAS.
1000
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS
FÍSICAS.
10000
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS
FÍSICAS.
11
SOBRE EL CAPITAL.
110
IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES.
1100
IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES.
11000
IMPUESTOS SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES.
Capítulo
Artículo
Concepto
Subconcepto
Partida
3.210.675.680
2.953.391.580
2.953.391.580
2.953.391.580
2.953.391.580
257.284.100
189.325.000
189.325.000
189.325.000
cve: BOE-A-2024-14547
Verificable en https://www.boe.es
COD.